El reclamo contra el depósito de dos meses para contratos de alquiler, planteado por el Colegio Único de Corredores Inmobiliarios de la Ciudad de Buenos Aires (CUCICBA), llegó hasta la máxima instancia judicial porteña.
La Sala Primera de la Cámara en lo Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad de Buenos Aires concedió el recurso para que el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) revise el fallo que declaró la “nulidad” de la resolución que habilita el cobro a los inquilinos de una comisión equivalente a dos meses de alquiler.
La normativa local en materia de alquileres establece un monto máximo que esa modalidad de contratos sobrepasa. Ese cobro –estableció el fallo ahora apelado ante el TSJ- “resulta ilegítimo con respecto a la locación de inmuebles destinados a vivienda única”.
“Supera el máximo previsto para ese caso por el legislador local en el artículo 54 de la ley 2340, esto es, del 4,15 % del valor del contrato”, sostenía la resolución.
Sin embargo, la corporación de inmobiliarias consideró que ese fallo “violó el derecho de defensa y los derechos de los corredores a percibir una justa retribución y a trabajar libremente e incurrió en una errónea aplicación de la normativa que rige el caso”. La última palabra, entonces, la tendrá el TSJ, la máxima instancia judicial local.