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Argentina: ninguna condena por lavado con la nueva ley

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Cuando las operaciones financieras superan las fronteras de los paraísos fiscales, ingresan en la órbita de los controles de lavado de dinero y financiación del terrorismo que deben cumplir todos los bancos del mundo. “No nos olvidemos de que aquellos que quieren lavar dinero saben y conocen las regulaciones existentes en todo el mundo orientadas a la prevención de esas operaciones y, entonces, programan al detalle los caminos a transitar”, aclara Salinas.
A raíz de esto, Miguel Kessler, investigador de la asociación civil Unidos por la Justicia, detalla que “los casos de lavado conforman uno de los delitos más difíciles de probar, pero eso no quiere decir que sea imposible”.
Para ello se necesita una buena investigación, y para poder realizarla “los operadores judiciales precisan más capacitación y un trabajo interdisciplinario de especialistas que manejen el mercado financiero a la perfección”, completa el especialista. Además, revela que la ubicación institucional de ciertos organismos, como la UIF, los hace dependientes del gobierno de turno.
La condena de estas causas, según el articulo 303 del Código Penal, “será de 3 a 10 años de prisión y una multa de 2 a 10 veces el monto de la operación, del que convirtiere, transfiriere, administrare, vendiere, gravare o de cualquier otro modo pusiere en circulación en el mercado bienes provenientes de un ilícito penal, con la consecuencia posible de que el origen de los bienes originarios o los subrogantes adquieran la apariencia de un origen lícito”.
Sin embargo, en Argentina, “con la nueva legislación no hubo ninguna condena por lavado de dinero”, afirma el especialista. Para esta clase de condenas hay que probar el delito precedente. Esto quiere decir que los indicios y presunciones no alcanzan. En el caso específico de Báez, el delito precedente sería el retorno del supuesto sobreprecio de las obras públicas. Según los estudiosos consultados, “el eje de la investigación de la Justicia debe estar en encontrar esa pista”. La AFIP anunció que actuará sobre la situación impositiva de las compañías involucradas, mientras que el origen de los fondos deberá ser analizado por la Unidad de Información Financiera (UIF). Desde la AFIP se recordó que “ya había iniciado una investigación en 2011 a Leonardo Fariña, por su actuación en otra empresa constructora en la que figuraba como empleado, que aún se tramita”.
En medio del escándalo, la presidenta Cristina Fernández promueve una ley específica para investigar lavado de dinero. La primera mandataria reclamó al Congreso una norma especial para este delito. Dijo que hace falta más participación de los fiscales, y que la AFIP y la Unidad de Información Financiera serán partes querellantes obligatorias.