Existe un problema en la Ciudad que se repite año tras año: la falta de vacantes en la educación pública y la escasa información que se brinda al respecto. Esta situación estructural es grave porque vulnera, al menos, dos derechos fundamentales: el derecho al acceso a la educación gratuita y el derecho al acceso a la información pública.
Ante esa situación, a principio del año lectivo se realizó un Pedido de Informe en la Legislatura Porteña, el cual fue aprobado en el mes de abril, y en el cual se solicitaba al Gobierno de la Ciudad que especifique la cantidad de vacantes faltantes desagregando por nivel, comuna y distrito escolar. Sin embargo, seis meses después de la aprobación del pedido, todavía no hubo una respuesta oficial.
Debido a que la información no llegó, se intentó probar suerte a través del camino que cualquier ciudadano tendría para acceder a esta información, y aprovechar, además, para evaluar el funcionamiento de lo establecido por la nueva ley de Acceso a la Información Pública sancionada en diciembre de 2016.
Así fue que se solicitó la información sobre el faltante de vacantes a través del sistema diseñado a tal fin en la página del Gobierno de la Ciudad que, si bien hay que reconocer que es un medio práctico, eficiente y bien administrado desde lo operativo, desde el punto de vista del contenido dejó mucho que desear:
“En honor a la brevedad, le hacemos saber que la información requerida fue brindada en actuaciones judiciales en las cuales se están ventilando idénticas cuestiones a las consultadas, tramitando las mismas por ante el Juzgado Contencioso Administrativo y Tributario N° 3 y N° 4”
Claramente, la respuesta no contestó la pregunta concreta y, sutilmente, invitó a quienes la realizaron a recorrer el laberinto de la burocracia estatal, lo cual atenta contra el espíritu de cualquier ley de acceso a la información pública.
No obstante, se le pidió a un abogado que se dirija a los juzgados que figuraban en la respuesta del Gobierno, y solicitara la información. Lo que se pudo averiguar fue que existen cinco amparos presentados por falta de vacantes donde un padre pide que al hijo se le garantice la vacante o, en su defecto, que el Estado le pague la cuota del colegio privado. Pero, en ninguno de los expedientes figura el dato buscado.
La ley de Acceso a la Información Pública establece de modo explícito que no sólo es una obligación dar una respuesta, sino que esta debe ser “completa, veraz, adecuada y oportuna”. En este caso, ninguna de estas características se respetó.
A pesar de ello, se siguió insistiendo. Se volvió a pedir la información a través del sistema oficial alegando que en las causas en las que se asegura haber “brindando” la información solicitada no figuraba el dato en cuestión. La respuesta a ese nuevo reclamo fue más de lo mismo (literalmente): respondieron especificando ya no los juzgados, sino cuáles eran las causas en las que se podía encontrar el número buscado. Causas que ya habíamos revisado sin éxito.
La obstinación para encontrar un dato no responde a un capricho u obsesión por acceder a algo que no corresponde. Por el contrario, responde al legítimo ejercicio del derecho que garantiza que lo público es de todos. Pero además, responde a una cuestión básica y de sentido común: la información es un recurso elemental necesario para diseño de políticas públicas, en especial para aquellos que tenemos responsabilidades al respecto. Si no tenemos información difícilmente podamos conocer la profundidad de los problemas que debemos afrontar y, mucho menos, solucionarlos.
Por eso, cuando alguien se rehúsa a brindar información pública (o lo hace de modo parcial), no sólo atenta contra un derecho de quien la solicita, sino que al mismo tiempo nos quita a todos la oportunidad de encontrar en conjunto soluciones eficientes a los desafíos que debemos afrontar… que son muchos y complejos.
(*)Diputada del bloque SUMA + de la Ciudad.