OPINIóN
ejemplo

Covid-19, propiedad intelectual, vacunas y soberanía en Cuba

Al contrario a los que algunos sostienen, no se puede tener un desarrollo soberano sin tener propiedad. El gobierno cubano y sus vacunas para combatir la pandemia constituyen un buen ejemplo de ello.

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Control. Ya se inició el registro de patentes. El laboratorio cubano ya tiene miles de patentes fuera de Cuba. | cedoc

En el marco de la preocupación generalizada por la pandemia mundial desatada por el covid-19 y sus efectos sobre la salud, educación y economía, todos los países del mundo están haciendo esfuerzos permanentes para mitigar el problema mediante estrategias de vacunación masiva por grupos etarios. La disponibilidad de las vacunas para cada país depende de muchos factores, pero, en general, se observa que no se aplican preferencias sobre el origen de las mismas, siempre y cuando hayan sido aprobadas por las autoridades mundiales y nacionales correspondientes.

En Argentina se encuentran autorizadas por la Anmat las vacunas CoviShield de la firma AstraZeneca-Pfizer, Sputnik V del Instituto Gamaleya de Rusia y Sinopharm de origen chino, todas con patentes en trámite. A principios de abril, trascendió que las autoridades sanitarias de Argentina iniciaron negociaciones formales para adquirir las vacunas “Soberana” desarrolladas por el Instituto Finlay de Vacunas (IFV) de Cuba. 

Desarrollo cubano. La noticia del desarrollo técnico cubano, que representaría la primera vacuna para el covid-19 proveniente de un país latinoamericano y del Caribe, llamó la atención internacional. Concretamente, se trata de dos vacunas denominadas “Soberana 01” y “Soberana 02” que la agencia reguladora nacional de Cuba ha autorizado para los ensayos clínicos y se encuentran en la Fase III. 

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Estos desarrollos son producto de una creativa industria biotecnológica cubana, la cual está compuesta por más de treinta institutos de investigación y empresas entre las que se encuentra el IFV, bajo el grupo estatal denominado Grupo de las Industrias Biotecnológica y Farmacéutica –BioCubaFarma–, que acredita décadas de desarrollo y distribución de vacunas bajo estrictas pautas de calidad y bioseguridad. De este modo, la cooperación científica y la labor conjunta en un sistema de transferencia de tecnología coordinado han favorecido la posibilidad de escalar y realizar desarrollos integrados que permiten contribuir al desarrollo del país y de sus potencialidades en la economía de intangibles. 

En declaraciones a medios internacionales, la doctora Dagmar García Rivera, Directora de Investigaciones del IFV y que cuenta con un vasto reconocimiento profesional, expresó que los ensayos del Instituto están diseñados y realizados de acuerdo con los más altos estándares y las mejores prácticas establecidas. Al respecto, señaló, “la transparencia es obligatoria”, agregando que todos los protocolos de ensayos clínicos están publicados en el Registro Público Cubano de Ensayos Clínicos (registro acreditado por la OMS desde 2011 y miembro de la Plataforma Internacional de Registros de Ensayos Clínicos de la OMS), y que, además, los medios nacionales informan periódicamente a un público más amplio sobre el progreso de las dos vacunas.

En cuanto a propiedad intelectual, la Dra. García Rivera especificó que el IFV ha solicitado el registro de patentes, tanto para Soberana 01 como Soberana 02, en la Oficina de Propiedad Industrial de Cuba y que los resultados científicos se enviarán a revistas revisadas por pares una vez que estén listos, atendiendo a los principios básicos patentarios de, primero proteger, luego publicar. También agrega que el grupo BioCubaFarma cuenta con 2.438 patentes registradas fuera de Cuba.

“Soberanía” gracias a la propiedad intelectual. Para algunos desprevenidos o poco actualizados, esta estrategia de propiedad intelectual de Cuba podría ser toda una sorpresa. Probablemente, la base de la confusión radique en suponer que el país caribeño sigue atado a su Constitución de 1976, la cual no solo no hacía mención directa a la propiedad intelectual, sino que la consideraba una limitante para el acceso al conocimiento y la innovación. 

Esta posición dogmática ha sido desechada. En materia de propiedad intelectual, Cuba se rige ahora por la nueva Constitución adoptada tras una consulta popular en 2019, la cual introdujo profundos cambios de los derechos de los ciudadanos en materia de salud, educación y propiedad intelectual. En relación a esto último, la nueva Carta Magna contiene un reconocimiento explícito a la propiedad intelectual derivada de la actividad creadora, investigativa y de innovación. Su artículo 62º expresa: “se reconocen a las personas los derechos derivados de la creación intelectual, conforme a la ley y a los tratados internacionales” y se establece que “los derechos adquiridos se ejercen por los creadores y titulares en correspondencia con la ley, en función de las políticas públicas”.

Con este cambio dogmático e ideológico, Cuba alineó su política de Estado con el Acuerdo sobre los Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual relacionados con el Comercio del Convenio por el que se creó la OMC firmado en 1994 y ratificado por casi todos los países del mundo. 

Más allá de esto, no deja de ser un punto a destacar que los científicos cubanos hayan bautizado a estas nuevas vacunas con la palabra “Soberana”. 

Dice el diccionario de la Real Academia Española (RAE) que el término “soberanía” o “soberano” proviene del Latín superanus, donde el prefijo “super” significa “encima de” y el sufijo “anus” significa “perteneciente a”, “procedente de” o en “relación a”. Claramente, dice la RAE, la interpretación del término alude a la cualidad de soberano y al poder político supremo que corresponde a un Estado independiente.

La soberanía nacional y la soberanía tecnológica son conceptos armónicos; es el pueblo quien dispone del derecho y obligaciones respecto al desarrollo y uso de las tecnologías. Por ello, un país tecnológicamente soberano, sea del pensamiento político que sea, es aquel que aplica el derecho de propiedad sobre la creatividad e invenciones de sus ciudadanos y las transforma en innovaciones en función de un desarrollo económico y social justo y sostenible en el tiempo.

Los riesgos que corre la propiedad intelectual en Argentina. El modelo cubano de ejercicio activo de la propiedad intelectual y su transferencia tecnológica en un tema tan delicado como el desarrollo de vacunas para el covid-19, junto al circunstancial uso del término “soberana” para las mismas sirve, en contraposición, para poner de relieve las incongruentes políticas públicas que en esta materia se han estado aplicando en Argentina en las últimas décadas. Baste mencionar que, si el IFV fuese un instituto del sistema científico argentino estas vacunas no se podrían o sería muy difícil proteger bajo el alcance de las normativas de patentamiento locales.

Actualmente, algunas voces insisten en abolir el uso del sistema de patentes o, por lo menos, suspenderlo en su ejecución mientras dure la pandemia, sin mirar que es el incentivo que éstas generan lo que permite mejorar las condiciones de calidad de vida y acceso a la salud. Incentivo que excede lo económico, implica cooperación, especialización y mejora constante para garantizar la continuidad para seguir trabajando en la búsqueda de una cura definitiva. En definitiva, dotar de recursos económicos, humanos, técnicos y científicos para continuar una lucha que aún no ha terminado.

Argentina, presenta innumerables oportunidades en este campo científico, como en otras industrias que serán protagonistas de los próximos cincuenta o cien años. Tenemos desarrollos y plataformas para sectores como la biotecnología, el desarrollo de software, el audiovisual, entre otros. Aquí vuelve la tantas veces nombrada metáfora del tren en la estación; sin dudas, tenemos condiciones para subirnos y expandir nuestras fronteras de conocimiento e innovación, capitalizando en mejores condiciones sociales, culturales y económicas. 

Construir la soberanía implica en primer lugar generar las condiciones para aprovechar nuestro activo más valioso, nuestra creatividad. Dejarlo al dominio público implican que nos coman los de afuera, en clave de Martín Fierro, o simplemente contribuir a profundizar nuestra pobreza. 

Es por esto, que contrario a los que algunos sostienen, no se puede tener soberanía sin tener propiedad. Cuba y sus vacunas para covid-19 constituyen un buen ejemplo de ello.

*Centro de la Propiedad Intelectual de la Facultad de Derecho de la Universidad Austral.