Un hombre que había sido bautizado por la policía como “El Patrón del Oeste”, tras ser detenido en el año 2019 como presunto líder de una narcobanda que comercializaba droga en Moreno, fue absuelto por un tribunal oral que ordenó su inmediata libertad, tras un juicio en el que se determinó que existieron irregularidades en el procedimiento en el que fue apresado.
Fuentes judiciales aseguraron que la absolución de Silvio Gastón Canteros (39) fue dictada por el juez federal Héctor Sagretti, titular del Tribunal Oral en lo Criminal (TOC) 1 de San Martín, quien ahora deberá resolver un pedido del fiscal del juicio para que se investigue a los policías que participaron de los operativos de detención.
El juez dará a conocer el próximo martes los fundamentos del fallo, mientras que Canteros recuperó su libertad tras permanecer alojado casi dos años en el Complejo Penitenciario 1 de Ezeiza.
Canteros llegó a juicio acusado de los delitos de infracción a la ley de drogas, falsificación de documentos y tenencia de armas de fuego de uso civil sin la debida autorización legal.
En su alegato de la semana pasada, el fiscal de juicio, Marcelo García Berro, no acusó a Canteros ante el TOC 1, y argumentó su decisión en una serie de fallos que sucedieron en la etapa de investigación y durante el procedimiento por el cual Canteros fue detenido.
García Berro expresó ante el Tribunal las contradicciones en las declaraciones de los policías que intervinieron en los procedimientos y que el video enviado a los medios periodísticos estaba editado con imágenes que no correspondían a ese allanamiento.
Además, detalló que no existieron escuchas telefónicas que vincularan a Canteros con la venta de droga y que la orden del Juzgado Federal en lo Criminal y Correccional 3 de Morón para realizar los 15 allanamientos simultáneos tenían los mismos errores ortográficos que el pedido realizado por la policía, entre otras pruebas.
El planteo fue acompañado por Alejandro Arguilea, Defensor Oficial de Canteros, y la Comisión Provincial por la Memoria (CPM).
Rodrigo Pomares, director de Justicia y Seguridad Democrática de la CPM, dijo que tres policías declararon cómo se realizó el allanamiento y el lugar dónde hallaron la droga, pero destacó que hubo contradicciones entre los relatos.
“El fiscal fue contundente cuando dijo que, como en el origen de todo esto no hubo ningún elemento de contundencia para pedir el allanamiento, se aplica la doctrina del fruto del árbol envenenado, que es cuando una orden judicial se origina en un elemento viciado o irregular, nulo o arbitral, todo el procedimiento se determina como nulo”, detalló Pomares.
El integrante de la CPM señaló que aguardan que el juez Sagretti haga lugar al pedido de la defensa oficial para que se investigue penalmente a los funcionarios policiales que participaron del allanamiento por la posible comisión de delitos de acción pública.