Los jueces de la Sala III de la Cámara, Víctor Violini y Ricardo Borinsky, confirmaron parcialmente una sentencia de primera instancia dictada por el Tribunal en lo Criminal 3 de la ciudad de Mercedes, que dictó la condena contra el "coautor responsable de los delitos de robo doblemente calificado por haber causado lesiones graves y su perpetración con armas".
Según las constancias del expediente, al que tuvo acceso DyN, "e 17 de septiembre de 2002, entre las 2 y 3 horas, cinco sujetos ingresan por la fuerza a una vivienda ubicada en Canadá entre Francia y Brasil de Moreno, golpean con un elemento contundente a su morador, provocándole un traumatismo craneano severo, y se apoderan de una garrafa, un radiograbador y un bolso con ropas, dándose posteriormente a la fuga".
El fallo aclara que uno de los agresores fue aprehendido "por los vecinos de la zona" y posteriormente condenado. Pero su defensa apeló la condena argumentando que para ser considerado "coautor" debió "concurrir al hecho ilícito común conociendo su propia acción como integrante de un todo, y es precisamente este conocimiento el que no tenía en el momento del hecho debido a la importante ingesta de alcohol en sangre que se encuentra comprobada".
La defensa argumentó que el condenado " tiene recuerdos vagos debido a su estado de ebriedad" y citó un informe médico que indicó que "probablemente tenía una intoxicación etílica de segundo grado", por lo que no comprendía la gravedad de sus actos.
Los jueces rechazaron el planteo: "La mendacidad demostrada se trasluce en la memoria selectiva de los pasajes recordados". Para los camaristas, el condenado contribuyó con su presencia al "todo" del delito y en su poder fue secuestrada un arma blanca, además de otra en el lugar de los hechos. Por esas razones, ratificaron su condición de "coautor" y le aplicaron la pena de nueve años y medio de cárcel.
Fuente: DyN