La Policía de Córdoba rechazará a aspirantes que sufran distintas afecciones entre las que incluyó "amputación de pene", renguera y tartamudez, según consta en un decreto firmado por el gobernador José Manuel De la Sota. La nueva reglamentación fue informada por fuentes de la Jefatura policial, quienes explicaron que se trata de prevenir que "en el futuro, cuando ya sean policías en la calle, tengan algún padecimiento serio por su trabajo", publicó hoy el diario La Voz del Interior.
El decreto 763, con fecha 17 de julio y que reglamenta una ley del personal policial de 2010, menciona en el apartado X punto 5 como "causales de rechazo" el "hermafroditismo" y la "amputación de pene".
Otras causales de exclusión de la fuerza son que el aspirante tenga dificultades de movilidad en sus piernas o le falte un dedo, sea tartamudo o sufra enfermedades coronarias o diabetes.
El mismo decreto menciona que a los aspirantes a policías también se les exigirá que no tengan antecedentes delictivos y tampoco dependencia alcohólica o a algún estupefaciente, y que ni siquiera sean familiares o amigos de personas con problemas con el alcohol o las drogas.
La reglamentación, firmada también por el ministro de Seguridad Alejo Paredes y el fiscal de Estado, Jorge Córdoba, blanquea exigencias que ya existían para los policías cordobeses, como la necesidad del respeto y obediencia de los ingresantes hacia sus superiores.
También señala que el policía "siempre" debe estar conforme con su "estado y situación" y deberán evitar actuar con "tibieza", pero se les exige ser serenos y enérgicos.
Por otro lado, a través del mismo decreto se consignan restricciones a la posibilidad de que los periodistas obtengan información sobre asuntos vinculados a la Policía de Córdoba, porque los agentes tanto en actividad como retirados deben contar primero con autorización de la Jefatura para entregar datos a trabajadores de prensa.
En la ley, publicada en enero de 2010, no se hacía mención de la relación de los policías con periodistas, sino que se establecía el deber de "guardar secreto, aun después del retiro o baja de la institución, de los asuntos del servicio que por su naturaleza o en virtud de disposiciones especiales, impongan esa conducta".
Pero en la reglamentación, en el inciso G del artículo 14, el decreto de De la Sota señala: "Salvo autorización expresa de la Jefatura, el personal en actividad o en retiro no podrá prestarse a reportajes ni emitir públicamente su opinión en asuntos de carácter oficial o vinculado a la función o a los intereses policiales".
"El personal que se vea aludido en crónicas o artículos periodísticos, en contra de lo establecido, se dirigirá por nota a su superior, formulando el descargo o declaración correspondiente", estableció el gobierno.