POLITICA
el paso a paso procesal

Dudas entre juristas por si ya hay desacato y escenarios difíciles que se le abren al Gobierno

Hay abogados que creen que el recurso revocatorio que anticipó el Presidente es válido, por lo que suspende la aplicación de la cautelar hasta que esté firme. Otros, en cambio, creen que el factor político condiciona las posturas y que el objetivo es “socavar el sistema judicial”. Y que estos últimos días ya se incumplió el fallo. Hacia adelante, hay más coincidencias que, por el temor a denuncias penales o embargos, el Ejecutivo deberá cumplir con la sentencia dictada por la Corte.

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Cortesanos. Juan Carlos Maqueda, Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti dictaron un fallo unánime que golpeó al Gobierno. | cedoc

Lo inédito del momento político-judicial que se está viviendo por la decisión del gobierno nacional de considerar como de cumplimiento imposible el fallo de la Corte Suprema que devuelve coparticipación a la Ciudad de Buenos Aires generó especulaciones diversas sobre los escenarios que se avecinan. Algunos especialistas consideran que el Poder Ejecutivo está todavía dentro del marco legal, mientras que otros ya analizan los posibles escenarios de denuncia que le podría caber a los funcionarios.

Desde el lado formal, hay juristas que aseguran que todavía Alberto Fernández no incurrió en desacato, pero otros incorporan una lectura política para justificar que el incumplimiento ya es un hecho. Hay quienes, además, aseguran que como no hay recurso presentado aún, la mora ya es un hecho porque se debería haber pagado el jueves y viernes. Andrés Gil Domínguez y Domingo Rondina son dos constitucionalistas que están planteando la primera postura. “Los fallos de la Corte se cumplen. Es procesalmente posible interponer un recurso de reposición in extremis y recusar a sus miembros. Lo debe resolver la Corte previo traslado a la Ciudad. Seguramente la Corte lo va a rechazar y el fallo se va a ejecutar”, señaló Gil Domínguez en sus redes sociales. En diálogo con PERFIL, además, aclaró que “la regla general es que la interposición de recursos tiene efecto suspensivo”, dando a entender que hasta que no se resuelva el recurso se suspende la vigencia de la cautelar. “Para los que se escandalizan y gritan “República” deben tener presente que todo lo procesal es lícito. Una vez que la decisión quede firme, la Corte la hará ejecutar, pero no se puede exigir que una parte renuncie a sus recursos procesales”, argumentó Rondina, en el mismo sentido. Se diferencia de su colega, en tanto, al decir que “al darle trámite al recurso puede ser con efecto devolutivo, o sea ‘cumplan mientras discutimos’, pero eso lo vamos a saber recién en estos días”.

Para el diputado Juan López, uno de los denunciantes de Alberto Fernández en la Justicia, ya “hay un principio de incumplimiento”. “Están notificados desde el miércoles, ya deberían haber cumplido el jueves y podían presentar el recurso igual. Es un recurso posible, pero que no está legislado y que no se usa para estos casos, es muy extraordinario”, aseguró, a la vez que destacó que en la “actitud” del Gobierno y en declaraciones públicas de sus referentes, “hay un alzamiento en contra de la Corte”.

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En esa línea, Roberto Gargarella considera que el Gobierno “actuó por impulso”. “Tiene que ver con lo que ha sido el motor de su acción, en todo este tiempo, que es el de socavar al sistema judicial, buscando salvaguardar a la vicepresidenta”, explica. Y anticipa que intuye que sus próximos pasos serán “no hacer nada o un retroceso en silencio, cuando vean lo que ocurre, que es que social y políticamente se toman muy mal sus planteos”.

Para Gargarella, hay dos herramientas que los harán ir para atrás: las denuncias penales y los posibles embargos. En ese punto, Gil Domínguez y Rondina también coinciden. Si la Corte rechaza el recurso (que podría llegar a ser recién en febrero, tras la feria) y el Gobierno no paga, según el primero “eso genera responsabilidades penales inmediatas (Presidente, jefe de Gabinete y ministro de Economía) y, además, la Corte puede ordenar el embargo de los fondos”. Para Rondina, “el tribunal tiene facultades para hacerlo cumplir: intimar, amenazas de sanciones, denuncias penales, por eso no creo que lo incumplan”.