La Corte Suprema de Justicia autorizó hoy a las cámaras federales del interior del país a colocar al frente de juzgados vacantes a abogados que, ante situaciones "impostergables", podrán ejercer como jueces en forma provisoria. Pese a que la propia Corte declaró en agosto pasado la inconstitucionalidad del sistema mediante el cual el Consejo de la Magistratura nombró a abogados como jueces subrogantes, hoy firmó una acordada en la que flexibilizó su postura ante la gran cantidad de tribunales vacantes existentes en el interior del país.
Puntualmente, el supremo tribunal autorizó a las cámaras a designar conjueces que deberán ser sorteados de la lista de abogados de cada jurisdicción, para cubrir vacantes en ciudades "donde tenga asiento un único juzgado federal de primera instancia con competencia múltiple". En localidades con dos o más juzgados federales de primera instancia, "frente a la necesidad de otorgar licencia a uno de los magistrados por fundadas e impostergables razones, la subrogación sólo será cumplida por otro de los jueces, sea éste titular o subrogante", refiere la acordada.
Y añade que únicamente "en caso de imposibilidad y de extrema urgencia" podrá nombrarse un abogado como juez provisional. Cuando se produzcan vacantes temporales en las cámaras y tribunales orales federales, los cargos serán cubiertos por jueces de la misma jurisdicción y sólo en caso de no resultar posible proceder de ese modo, se podrá recurrir a la nómina de abogados para designar subrogantes.
La acordada fue firmada por los ministros de la Corte, con la disidencia de la juez Carmen Argibay, que recordó que no encontró obstáculos constitucionales al sistema creado por el Consejo de la Magistratura.
En agosto pasado el máximo tribunal declaró inconstitucional la designación de abogados a la que recurrió el Consejo para cubrir cargos vacantes en los juzgados sin realizar el procedimiento de selección y nombramiento de jueces que prevé la Carta Magna. En su resolución, la Corte dijo entonces que era "significativa la cantidad de designaciones que tuvieron lugar bajo el régimen impugnado, que llega a aproximadamente al 20 por ciento de la judicatura".
Aunque declaró válidas las resoluciones adoptadas en el ejercicio transitorio del cargo de juez y dispuso mantener en funciones a los magistrados jubilados, abogados y secretarios que actualmente se encuentran al frente de tribunales vacantes, por decisión del Consejo, la Corte decretó la inconstitucionalidad del sistema y fijó plazos para normalizar la situación. Ahora debió echar mano al mismo recurso.
Fuente: Dyn