La Corte Suprema rechazó sin tratamiento un planteo en contra de las retenciones móviles a las exportaciones agropecuarias, dispuestas por el Gobierno.
El máximo tribunal rechazó el planteo del ciudadano Jorge Zatloukal, quien había promovido una " acción de amparo contra el Estado Nacional, Ministerio de Economía y Producción de la Nación, a fin de que se declare la inconstitucionalidad de la resolución MEP 125/2008", que elevó el porcentaje de ese impuesto.
Aunque no se trata de un productor rural, Zatloukal argumentó que "en su condición de consumidor, ve afectados sus intereses, desde que la aplicación de la norma impugnada produce el encarecimiento y el peligro de desabastecimiento de productos que como los alimenticios le resultan indispensables, circunstancia que -según alega- constituye un interés personal y directo, y lo legitima para deducir esta acción".
Pero la Corte Replicó que "el demandante no puede expresar un agravio diferenciado respecto de la situación en que se hallan los demás ciudadanos, y tampoco puede fundar su legitimación para accionar en el interés general en que se cumplan la Constitución y las leyes".
"De otro modo, admitir la legitimación en un grado que la identifique con el generalizado interés de todos los ciudadanos en el ejercicio de los poderes del gobierno... deformaría las atribuciones del Poder Judicial en sus relaciones con el Ejecutivo y con la Legislatura, y lo expondría a la imputación de ejercer el gobierno por medio de medidas cautelares", sostuvo la Corte.
El máximo tribunal rechazó la acción aclarando que tomaba esa decisión "más allá del acierto o error con el cual el demandante interpreta el texto tachado como repugnante a la Ley Fundamental", es decir que no se pronunció sobre la constitucionalidad o no de las retenciones.
El fallo fue firmado por los jueces Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco, Enrique Petracchi, Juan Carlos Maqueda, Raul Zaffaroni y Carmen Argibay.
Fuente: DyN