La Corte Suprema de Justicia avaló esta jornada por mayoría los allanamientos a domicilios de presuntos hijos de desaparecidos apropiados durante la dictadura militar. De esta manera, se podrá secuestrar ropa íntima, cepillos de dientes o peines de los cuales extraer el patrón genético que permita obtener su verdadera filiación.
Sin embargo, el tribunal rechazó la extracción compulsiva de sangre para obtener de allí el ADN con el cual determinar su identidad. La decisión fue adoptada en el acuerdo que celebró esta mañana el alto tribunal, por lo que los presuntos hijos de desaparecidos no podrán ser obligados a realizarse análisis.
Así la Corte, según informó el Centro de Información Judicial , dejó sin efecto el pronunciamiento de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal que había confirmado la resolución de la jueza María Romilda Servini de Cubría por la que ordenó la extracción compulsiva de sangre de Emilio Matías Prieto y de Guillermo Gabriel Prieto.
Aunque, el Máximo Tribunal dejó firme la sentencia de la Cámara Federal que había reconocido la validez del allanamiento del domicilio y posterior secuestro de prendas y objetos personal en busca de material genético para determinar la identidad biológica de Guillermo Gabriel Prieto.
Antecedentes. En 2003 y con otra integración, la Corte -ante una negativa de Evelyn Vázquez Ferrá (nacida en la ESMA) de prestar consentimiento para la extracción de sangre que se le había ordenado- sostuvo que el Estado no puede obligar a la víctima presuntamente apropiada mayor de edad a dar su sangre para conocer su verdadera identidad.