Unas 89 personas fallecieron en La Plata durante el temporal y las inundaciones que afectaron a toda la Provincia de Buenos Aires y la Ciudad de Buenos Aires el 2 de abril de 2013. Así lo determinó la Cámara en lo Contencioso y Administrativo de la capital bonaerense.
Los jueces Gustavo De Santis, Gustavo Spacarotel y Claudia Milanta rechazaron una apelación interpuesta por el gobierno provincial, reconocía sólo 67 víctimas.
Los magistrados también hicieron lugar a la acción de hábeas data colectiva promovida para lograr "el acceso a la información pública referida a las víctimas fatales de la inundación ocurrida en la región".
Así, ordenaron al Poder Ejecutivo "divulgar públicamente el resultado de este proceso a través de los medios de comunicación por los que dio a conocer la información inexacta", según el fallo publicado por la agencia Télam. También confirmaron la orden al Registro de las Personas de la Provincia de Buenos Aires para que “rectifique determinados asientos registrales por contener datos inexactos”.
La Cámara ratificó lo actuado por el juez de primera instancia Luis Federico Arias. En su fallo, el magistrado había constatado irregularidades en la inscripción de las defunciones traumáticas y pedido al Registro que consigne -con una anotación marginal en cada una de las actas de defunción- que las personas fueron víctimas de la inundación.
Los jueces determinaron que la sentencia del Tribunal "deja a salvo y expeditas las acciones judiciales civiles, penales o contencioso administrativas que las víctimas o sus causa-habientes decidan promover singularmente para obtener las reparaciones civiles, patrimoniales o condenas penales que pudiesen derivarse de los hechos".
La Fiscalía de Estado bonaerense había apelado el fallo del juez Arias el pasado 7 de abril, objetando aspectos técnicos y considerándolo "no válido por violar reglas procedimentales y no ajustarse a derecho".