POLITICA

Otro revés judicial para el Gobierno

Luego del fallo contra la Ley de Medios, la Justicia frenó la disposición de la Secretaría de Comercio que suspendía la fusión de Cablevisión y Multicanal.

1215moreno468telam
| Tlam

La Justicia emitió un nuevo fallo contra la embestida del Gobierno al Grupo Clarín, ya que frenó la disposición que suspendía la fusión de Cablevisión y Multicanal. La resolución fue emitida por la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal, que resolvió suspender los efectos de la resolución de la Secretaría de Comercio Interior -que conduce Guillermo Moreno-, que deja en suspenso por 60 días la aprobación de la adquisición de Cablevisión, que inicialmente había sido avalada por la CNDC (Comisión Nacional de Defensa de la Competencia).

La Secretaría había considerado "incumplido el compromiso aceptado por el artículo 1 de la resolución 257 de diciembre de 2007" -en cuanto a las inversiones- y declaró "el cese de los efectos de la autorización otorgada en el artículo 2 de esa misma resolución", en el marco de la fusión de Cablevisión. Así, entonces, virtualmente se dejó en suspenso la aprobación de la fusión y en un plazo de 60 días se iba a emitir una nueva resolución oficial.

El Grupo Clarín denunció esta situación como parte la " campaña sistemática de hostigamiento que vienen desarrollando distintos organismos públicos" y sostuvo que la decisión se tomó horas después de que las autoridades nacionales recibieran un informe que aseguraba el sobrecumplimiento de compromisos voluntarios de inversión.

Como Cablevisión consideró que la resolución era "ilegítima, abusiva y arbitraria", el Grupo Clarín recurrió a la Justicia para pedir que se suspenda la resolución de la Secretaría de Comercio hasta que se garantice el derecho de defensa o se dicte una resolución sobre el pedido de nulidad efectuado.

En la causa el Estado también se presentó para sostener la incompetencia del tribunal en el caso y para informar que el martes 15 de diciembre había resuelto "levantar la medida por ser de incumplimiento imposible".

Sin embargo, al analizar la cuestión, el tribunal dio por probado que la SCI no realizó cargos previos a la empresa y "tampoco le habría permitido alegar", a raíz de lo cual "la actora tiene derecho a las conclusiones" sobre la autoridad de aplicación y justificarse en caso de considerarlo.

"Para el dictado de la resolución SCI 1011/09 no se habría respetado el derecho de defensa del actor, extremo que torna prima facie ilegítima la decisión cuestionada en sede administrativa", dijo la resolución. Además, la Cámara advirtió que "es un principio insoslayable en materia penal que la persona imputada de un delito tiene derecho a cuestionar esa imputación y a ofrecer todas las pruebas de descargo que estime pertinentes".

Fuente: DyN