El fiscal federal Jorge Di Lello argumentó que la presidenta Cristina Fernández encabezó actos del "ámbito privado" cuando inauguró obras públicas y lanzó planes, durante la veda previa a los comicios de junio pasado, por lo que a su entender no violó el Código Nacional Electoral ni quiso captar sufragios.
En consecuencia, según informaron hoy fuentes judiciales, el representante del Ministerio Público dictaminó que la Jefa de Estado debe ser sobreseída de cualquier presunto delito y así lo requirió a la jueza electoral de la Capital Federal, María Servini de Cubría.
"Ni la presencia de la señora Presidenta en la inauguración de las obras las transformaba en 'públicas' ni las características de la dirección y ejecución de aquellas estaban dentro del ejido de la administración, como para avizorar que podría existir de antemano una finalidad electoralista", sostuvo el fiscal.
Di Lello reconoció que "las obras inauguradas tenían indefectiblemente una proyección o beneficio para algunos usuarios" pero aclaró que consultadas las "empresas organizadoras de esos eventos" concluyó que "se trataba de actos de claro sentido privado y particular, sin que se vieran involucrados bienes o decisiones estatales que pudieran comprometer o tener una finalidad electoralista".
"La actividad presidencial no estuvo orientada a darle un carácter institucional y, como se acreditó, pertenecían al ámbito privado", abundó el fiscal y aseguró que en la Presidencia le informaron que ninguno de los actos cuestionados "fue organizado por organismo o ente estatal".
La causa se había iniciado por una denuncia del titular de la Asociación Civil Anticorrupción y abogado porteño Ricardo Monner Sans, quien observó que el Código prohíbe desde una semana antes de los comicios "la realización de todo acto de gobierno que pueda promover la captación del sufragio a favor de cualquiera de los candidatos a cargos públicos nacionales".
El artículo 133 bis del Código prevé para quienes infrinjan esa norma una condena a "inhabilitación de uno a diez para el ejercicio de cargos públicos", indicó el denunciante. "La esposa del primer candidato a diputado nacional por la Provincia de Buenos Aires ya está participando en actos, anunciándose más actividades políticas durante el lapso 'prohibido' acompañada, entre otros, por el 'candidato eventual' y ex menemista Daniel Scioli", consignó.
Según el cálculo de Monner Sans, la prohibición de "cualquier acto de gobierno" que pueda ser utilizado para la captación de sufragios, en resguardo del principio de prescindencia de las autoridades, regía desde el sábado 20 de junio y finalizaba a última hora del sábado 27, víspera de la elección.
El denunciante detalló los actos e inauguraciones en que participó la Presidenta esa semana y había propuesto al juzgado que requiriera a la Presidencia "su agenda (o fotocopia certificada de ella) a partir del 22 de junio" propuso "para corroborar lo que -por medios periodísticos- se conoce como 'hecho notorio'".
Monner Sans explicó que hizo su denuncia "con higiénico propósito, es decir para avalar que mi país es todavía una República" y alentó a la Justicia electoral a actuar "con energía y rapidez" para demostrar que el Poder Judicial de la Nación se maneja de manera independiente. Aunque se trate de la Presidenta de la República de la Nación Argentina".
Fuente: DyN