POLITICA

Por pedido de Jaime, la Justicia estudiará la constitucionalidad del delito de enriquecimiento

La Cámara Federal hizo lugar a un pedido del exsecretario contra el artículo que castiga el crecimiento patrimonial infundado.

Ricardo Jaime está acusado de dádivas, administración fraudulenta y enriquecimiento ilícito.
| DyN

El abogado Andrés Marutian, defensor del exsecretario de Transporte Ricardo Jaime, interpuso el recurso de inconstitucionalidad y los camaristas Eduardo Freiler, Eduardo Farah y Jorge Ballestero hicieron lugar, por lo cual el mutiprocesado Jaime ha conseguido llegar con su planteo hasta la Cámara Federal de Casación Penal, que ahora deberá resolver.

Desde 2009, Jaime está imputado de supuesto enriquecimiento ilegal por el juez federal Norberto Oyarbide, que investiga si el exfuncionario tomó posesión durante su gestión de un avión Lear Jet valuado en cuatro millones de dólares, un yate, medios de comunicación y hoteles con un sueldo de funcionario de 10.000 pesos.

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Jaime,además, está procesado por un caso de supuestas dádivas, presuntos viajes en taxis aéreos que le habrían pagado empresarios del transporte a los que debía controlar desde la Secretaría a su cargo.

En el caso que la Justicia avale definitivamente este recurso, Jaime podría ser absuelto. El precedente abriría la puerta a que otros funcionarios públicos denunciados por enriquecimiento también soliciten la inconstitucionalidad de esa figura penal.

Los argumentos. La defensa de Jaime cuestionó la validez del artículo 268 (2) del Código Penal, que establece que "será reprimido con reclusión o prisión de dos a seis años, multa del 50 por ciento al 100 por ciento del valor del enriquecimiento e inhabilitación absoluta perpetua, el que al ser debidamente requerido, no justificare la procedencia de un enriquecimiento patrimonial apreciable suyo o de persona interpuesta para disimularlo, ocurrido con posterioridad a la asunción de un cargo o empleo público y hasta dos años después de haber cesado en su desempeño".

Para Freiler, Farah y Ballestero, "se hallan satisfechos los requisitos de impugnabilidad objetiva y subjetiva, por lo que el remedio intentado resulta admisible". "Atento a la naturaleza de la cuestión aquí debatida, la postergación de su tratamiento podría traer aparejado un gravamen de imposible reparación ulterior", añadieron.

"Teniendo en cuenta la calidad de Tribunal intermedio atribuida a la Cámara Federal de Casación Penal para la decisión de cuestiones federales según la presentación del conflicto por parte de los recurrentes, corresponde conceder los recursos articulados", concluyeron.

El planteo de inconstitucionalidad del delito de enriquecimiento ilícito, el único en el que se "invierte la carga de la prueba" (el imputado debe demostrar su inocencia y no la acusación su responsabilidad penal) es eje de un arduo y aún irresuelto debate en la justicia penal.

Ahora, la Cámara de Casación deberá pronunciarse sobre la validez o no del artículo del Código, y luego será la Corte Suprema la que defina en última instancia, según informó DyN.