POLITICA
Elecciones en Crdoba

"Un planteo absurdo que repugna al sentido común" dijo el fallo

El Tribunal Superior de Justicia dijo que "el juecismo en ninguna ocasión utilizó la noción de fraude" en su presentación, y que darle curso " generaría un desapoderamiento de los resultados legítimos de los ciudadanos que han votado de una manera determinada y de varios miles de ciudadanos que cívicamente han cumplido con roles de funcionarios públicos certificando con su rúbrica información electoral precisa".

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En un duro fallo, el Tribunal Superior de Justicia de Córdoba (TSJ) contestó hoy que el juecismo "en ninguna ocasión utilizó la noción de fraude" en sus planteos judiciales, al rechazar el pedido de recuento "voto por voto" de los comicios provinciales.
En el fallo, el máximo órgano de la Justicia provincial explica que la Ley Electoral 8.767 permite la apertura de urnas siempre que sea realizada "acotadamente a las mesas en donde se adviertan los vicios, irregularidades o nulidades", decisión que primero debe adoptar la jueza Electoral Marta Vidal y que posteriormente puede ser apelada.

Según el TSJ, abrir las urnas de las elecciones del pasado 2 de septiembre "sólo está confiado a las autoridades de mesa, quienes así lo han efectuado y no ha sido motivo de impugnación alguna por los recurrentes". Además, aclara que "en ninguna ocasión" los apoderados del juecismo "utilizaron la noción de 'fraude' para las denuncias de las deficiencias advertidas por ellos".

El TSJ afirma que "en la impugnación que ha sido promovida, no se ha visto ni mínimamente cumplida una carga probatoria avalatoria de las tesis ventiladas" acerca de las supuestas irregularidades en los comicios. "Por el contrario, ha existido una mayor preocupación por instalar el tema fuera de lo judicial y por lo tanto, con instrumentos y contextos que no pueden ser sometidos a ningún tipo de control y tutoría por este Poder Judicial en esta instancia", se destaca.

A criterio de los jueces, si se accediera al pedido del Frente Cívico, "se estaría generando un desapoderamiento de los resultados legítimos de los ciudadanos que han votado de una manera determinada y de varios miles de ciudadanos que cívicamente han cumplido con roles de funcionarios públicos certificando con su rúbrica información electoral precisa".

El TSJ también defendió la tarea de los ciudadanos involucrados en el proceso electoral y dijo que frente "a un panorama devastador y sombrío de institucionalidad como es denunciado por los impugnantes, no queda sino pensar que la totalidad de presidentes de mesa y sus suplentes, son personas ingenuas y poco atentas que han dejado pasar por frente de sus narices cuestiones de una obviedad y gravedad inusitada...".

Todo esto, sin que sean advertidas por el número aproximado de "seis mil doscientos ciudadanos -para señalar sólo los Presidentes de Mesa-", que habrían sido "cooptados por la fuerza rival (...) para que permitieran bajo su misma responsabilidad penal que se cometieran irregularidades absolutas". Sostener un planteo en este sentido, dice el TSJ, sería "absurdo" y "repugna al más puro de los sentidos comunes".
El fallo, firmado por Armando Andruet, Domingo Juan Sesin, María Esther Cafure, Aída Tarditti, Luis Rubio, Mercedes Blanc y Carlos García Allocco, destaca la complejidad de la votación, por la cantidad de boletas en el cuarto oscuro, pero recuerda que "la propia Alianza Frente Cívico" fue en sumatoria con varios partidos.

Fuente: Dyn