SOCIEDAD
Basta, por favor, de disque 1, 2 o 57...

Empresas de servicios deben archivar los contestadores automáticos que usan para "aburrir" a clientes quejosos

Además tendrán que habilitar líneas 0800. Lo establece la ley Nº 2475, en vigencia desde hoy. Si no cumplen, las multas serán millonarias.

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A partir de hoy, todas las empresas que brindan servicios públicos o privados deberán tener un 0800 para los usuarios y atención telefónica personalizada.

Según la ley Nº 2475, que entró en vigencia hoy, toda empresa que no cumpliera con lo pautado será sancionada con multas de hasta 5 millones de pesos. La ordenanza insta a las grandes empresas de servicios a tener operadores que de manera personalizada evacuen las consultas de los usurario y/o consumidores y que la opción de hablar con un operador sea la primera del menú.

“Lo importante de la norma es que el consumidor se encuentre protegido cuando ante determinadas dudas o reclamos a una empresa que presta servicios públicos o privados o a un ente de control en la Ciudad de Buenos Aires, reciba atención inmediata y no tenga que soportar esos anodinos contestadores automáticos manteniéndolo en la línea durante interminables minutos”, expresó la legisladora del bloque Igualdad Social, Liliana Parada, impulsora de la nueva ley.

La diputada además agregó: “Dichas empresas deberán dar publicidad de esa línea gratuita y del correo electrónico en las facturas y portales de Internet que poseen. Si el reclamo se hiciese vía mail, la duda deberá ser evacuada dentro de los 15 días”.

Según la nueva reglamentación, aquellas empresas que no cumplan con la ley podrán ser sancionados con una multa que puede ir desde los 100 hasta los 5 millones de pesos, el decomiso de mercadería, la clausura del establecimiento, la suspensión del servicio afectado por un plazo de hasta 30 días, la cesación de hasta 5 años en los registros de proveedores que posibilitan contratar con el Estado y la pérdida de concesiones y privilegios.