Acceder a un email dirigido a otra persona o violar un sistema informático o una base de datos será, a partir de ahora, considerado un delito que podrá ser castigado con penas excarcelables de entre 15 días y 4 años de prisión.
Así lo determinó una ley aprobada ayer por unanimidad en la Cámara de Diputados, que equipara el acceso indebido a un email a la violación de correspondencia o a la escucha de una conversación telefónica.
La norma prevé además un agravamiento de la pena para quien hiciese público el contenido del email y una pena doble para los funcionarios públicos que cometan delitos de esta índole. .
Diputados también determinó que se castigará con prisión a quien “produjere, ofreciere, comerciare o distribuyere por cualquier medio” imágenes de un menor de 18 años “dedicado a actividades sexuales”.
La nueva ley viene a cubrir un bache en la legislación que facilitará las condenas por delitos cometidos en el ámbito de la web, lo que hasta ahora resultaba difícil por no existir una norma específica para este tipo de violaciones.
“Debemos tomar conciencia de que el espectacular desarrollo de la tecnología en los últimos tiempos abre las puertas a una nueva forma de delincuencia”, dijo al diario La Nación el diputado Manuel Baladrón (FPV), quien dirige la Comisión de Comunicaciones.
Mientras que Estados Unidos y Europa se encuentran bastante avanzados en materia de legislación de delitos informáticos, en Sudamérica el tema sigue discutiéndose en el ámbito legislativo.