SOCIEDAD
SER PUMA, UN SUEO QUE TIENE SUS RIESGOS

Indemnizarán a alumno que se lastimó jugando al rugby

Se trata de un chicoque tenía11 años cuandosufrió un corte en el rostro al chocar con un compañero de colegio. Como estaba en clase de gimnasia, deberán pagarle por los gastos en cirugía y medicamentos.

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Mientras el rugby logra cada vez más difusión por la actuación de Los Pumas en el Mundial, la Justicia obligó a un colegio a indemnizar a un chico que se lastimó jugando a ese deporte. El alumno del Galileo Galilei se encontraba en clase de gimnasia cuando chocó fuertemente contra un compañero y sufrió un grave corto en el rostro, que hasta lo obligó a someterse a una posterior cirugía.

El chico tenía 11 años cuando se produjo el incidente, el 7 de agosto de 2000. Eduardo Miguel Grasso, padre del menor, demandó al colegio y la compañía aseguradora Zurich, y más de siete años después del hecho obtuvo respuesta por parte de la Justicia.

El colegio Galileo Galilei fue condenado a indemnizar por daños y perjuicios al alumno, que se encontraba en el campo de deportes de la institución cuando se produjo el golpe. Por ese motivo, los jueces determinaron que le paguen unos 8.540 pesos, más siete años de intereses por daño estético, cirugía y gastos en medicamentos.

El menor se lastimó al chocar mientras jugaba al rugby con un compañero, cuyos aparatos de corrección dental le provocaron una herida profunda desde la ceja derecha hasta la oreja.

El niño fue trasladado a una clínica de la localidad bonaerense de Tristán Suárez, cercana al campo de deportes, pero no había ningún médico y no fue tratado adecuadamente, por lo que se le produjo un abceso, debió ser drenado y nuevamente suturado.

El colegio y la aseguradora señalaron que el accidente fue inevitable, y que el menor fue autorizado a practicar " un deporte que de por sí conlleva un grado de brusquedad que, si bien controlado, no puede impedir que en el ejercicio normal, los jugadores choquen entre sí".

Sin embargo, los jueces apelaron al contenido del artículo 1117 del Código Civil, que estipula que: "Los propietarios de establecimientos educativos privados o estatales serán responsables por los daños causados o sufridos por sus alumnos menores cuando se hallen bajo el control de la autoridad educativa, salvo que probaren el caso fortuito".

"El titular de la institución educativa se encuentra obligado... a devolver al menor al término de la actividad, en las mismas condiciones físicas en las que lo hubiere recibido", señalaron los camaristas.

Además, citaron la ley 21 del Reglamento para el Rugby Infantil, donde se ordena el uso de protector bucal a fin de evitar lesiones en la boca y los dientes de los pequeños jugadores.


Fuente: Télam