La legislatura rionegrina sancionó ayer, en forma definitiva, la ley que permitirá a los enfermos terminales tomar la decisión de rechazar tratamientos médicos que les prolonguen inútilmente la vida, dentro del concepto bioético y jurídico de la muerte digna, informaron fuentes parlamentarias.
La norma había sido aprobada en primera vuelta el 5 de julio y recibió críticas por parte de los obispos católicos de la provincia, aunque no se opusieron de manera concluyente.
"El objeto básico de la ley es que los enfermos terminales tengan una herramienta para rechazar los tratamientos médicos que prolonguen su agonía inevitable y les produzcan dolor o sufrimiento desmesurado", sostuvo la impulsora de la ley, la legisladora oficialista y médica Marta Milesi.
La flamante ley dispone que los pacientes terminales podrán expresar "su rechazo a procedimientos quirúrgicos, de hidratación y alimentación, y de reanimación artificial, cuando sean extraordinarios o desproporcionados a las perspectivas de mejoría, y produzcan dolor y/o sufrimiento desmesurado".
La norma establece que, para tal finalidad, "será válida la manifestación de voluntad de toda persona realizada en instrumento público y por ante escribano de registro en la que manifieste su voluntad".
Queda también explícito que la información sobre el grado de la dolencia "será brindada por el profesional o equipo médico interviniente, con el aporte interdisciplinario que fuere necesario, en términos claros, adecuados a la edad, nivel de comprensión, estado psíquico y personalidad del paciente".
Está previsto, además, que cuando el paciente se encuentre incapacitado para el uso de sus facultades de conocimiento el rechazo al tratamiento de prolongación de la vida será realizado por cónyuge, representante legal o descendiente directo del enfermo.
La ley contiene una cláusula que libera de responsabilidad civil, penal y administrativa a los profesionales que actúen de acuerdo a sus disposiciones. Los profesionales que se desempeñan en el sistema de salud estatal podrán plantear objeción de conciencia respecto al cumplimiento de la referida ley.
Milesi agregó que "el proyecto es una apuesta a la muerte digna, como una opción ante la encarnización terapéutica, que así se llama en la medicina la utilización de métodos artificiales para alargar procesos de vida que se saben que son irreversibles".
La diputada dijo que " a los profesionales de la medicina nos formaron equivocadamente, porque comúnmente se ve a la muerte como un fracaso y no como algo natural".
Añadió que "la muerte digna no debe confundirse con la eutanasia, que sería literalmente la muerte inducida del paciente, sino que se trata de poner límites terapéuticos para continuar o tal vez directamente no iniciar acciones que prolongan innecesariamente la vida de un enfermo terminal".
Sostuvo después que "en la misma línea de pensamiento de la muerte digna actúan los servicios de cuidados paliativos que trabajan sobre el alivio de los síntomas del paciente terminal".
Cuando se conoció la aprobación inicial de esta ley, los obispos de Río Negro advirtieron que una norma de esta naturaleza no debe permitir "el adelantamiento de la muerte en pacientes terminales, sino que debe ayudar a cuidar y acompañar sus últimos momentos de vida biológica, con total cercanía y respeto por la vida".
Con las firmas de los obispos diocesanos Néstor Navarro, del Alto Valle, Fernando Maletti de Bariloche, Esteban Laxague de Viedma; y los eméritos Miguel Hesayne de Viedma y José Pedro Pozzi del Alto Valle la iglesia católica rionegrina pusieron énfasis en "la necesidad de darle al enfermo la mayor calidad de vida".
"La Iglesia ha manifestado que se opone a las intervenciones médicas ya no adecuadas a la situación real del enfermo, por ser desproporcionadas a los resultados esperados, o bien por ser demasiado gravosas para él o su familia" dijeron también los prelados.
En este mismo sentido, la diputada Milesi recordó que el propio papa Juan Pablo II, después de varias semanas de agonía, dispuso que se pusiera término a determinadas maniobras de sobrevivencia, con la finalidad de evitarse mayor sufrimiento.
La reglamentación de la ley de muerte digna debe ahora ser reglamentada en el ámbito del Ejecutivo de Río Negro.
Fuente: Télam