Desde el próximo mes de diciembre los pasajeros que viajen en micros de larga distancia deberán llevar encima el DNI durante todo el trayecto. Con esta medida, y a partir de la Resolución 76-E/206 que emitió el Ministerio de Transporte, la Nación crea oficialmente Régimen de Control de Identificación de Pasajeros".
La disposición fue publicada hoy en el Boletín Oficial y comenzará a regir dentro de 30 días. También incluye la creación de un registro que se utilizará en la búsqueda de personas y establece además instituir la identificación del equipaje, tanto el de mano como el que se despacha, La normativa forma parte de un plan articulado junto al Ministerio de Seguridad y tiene por finalidad combatir la trata de personas y el narcotráfico.
La norma establece que el documento debe coincidir con los datos presentados al momento de la compra o reserva del boleto. Para la identificación de los pasajeros la resolución fija que se aceptará tanto el DNI, como la cédula o el pasaporte. El nuevo régimen sirve para completar el sistema de control instaurado en 2005 a través del cual las empresas de transporte están obligadas a asentar en los boletos los datos personales de los pasajeros. En caso de pérdida o hurto de la identificación, el pasajero deberá presentar el correspondiente certificado de documento en trámite.
“Gracias al trabajo en conjunto con Seguridad logramos terminar con un vacío legal. Los pasajeros van a tener que identificarse para comprar un pasaje y ese boleto va a estar vinculado al equipaje que lleva, tanto de mano como el que despacha. Son medidas fundamentales que ayudan a combatir el flagelo que es el narcotráfico y la trata de personas”, afirmó Guillermo Dietrich, titular de Transporte de la Nación.