Muchas veces escuchamos que un determinado autor de un delito de cierta gravedad, después de untiempo de cumplir su condena, con motivo de una buena nota de concepto y conducta en el penal,logra obtener mediante las salidas transitorias su libertad ambulatoria.
También, a través de la fuerza de los acontecimientos, descubrimos que muchos de estosinternos con salidas transitorias, cometen nuevos delitos.
Por último, otros que ya cumplieron condenas, al tiempo vuelven a cometer nuevos delitos.¿Qué esta pasando y que debería evaluarse al momento de aplicar una nueva condena contra estaspersonas?
Es donde entiendo que debemos tomar en cuenta un principio olvidado que llamaría el de “peligrosidad”. Entiendo por principio de peligrosidad, “la muyrelevante posibilidad de cometer nuevos delitos”. Esto me lo dan ni más ni menos losantecedentes de quien en el pasado cometió o no otros delitos.
Se debe trabajar en el armado de una modificación a la ley que permita tener claramentedefinido, y que de esa forma los jueces lo tengan que aplicar, que a todo autor de un delito, se ledebe analizar su pasado y que el mismo se lo deba hacer jugar al momento de la condena como asítambién durante la ejecución de la pena. Si el mismo tiene antecedentes o cumpliendo una salidatransitoria comete un delito, esto demuestra su alto grado de peligrosidad.
Por lo tanto los beneficios de las posibles salidas transitorias deberán ser inmediatamente interrumpidos. Muchas veces me tocó, durante mi funciónde Juez de Instrucción, tratar con personas, que por el tipo de delito que había cometido, no sepor que mágica ingeniería jurídica, estaban en libertad, cuando los mismos deberían haber estadopresos.
Ejemplo fue el famoso caso de la toma de rehenes de la Paternal del 2 de Marzo de 2002, queme tocó dirigir en mi condición de Juez a cargo del Comité de Crisis. Tanto Ranieri como Lucero,tenían condena por homicidio en ocasión de robo. Para que se entienda, ambos, entraban a unacasa, robaban y mataban a sus víctimas, saliendo cómodamente del lugar del hecho. ¿Quién de la justicia se hizo responsable de tal decisión? Ninguno.
Por eso, el principio de peligrosidad debe ser claramente impuesto en el sistema jurídicoargentino y que como consecuencia tenga que, quien cuente con antecedentes penales, que al momentode aplicar una condena, la misma sea lo suficientemente importante y no pueda bajo ningúnaspecto recuperar su libertad ambulatoria en forma transitoria.
(*) primer Candidato a Diputado Nacional, Partido de la Ciudad. Lista 185, ex Juez deInstrucción y Ex Fiscal Federal.
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Con el principio de peligrosidad, Garrido estaría vivo
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