•EL BALANCE OBLIGADO

A quince años de la reforma constitucional

El balance de la reforma constitucional de 1994 genera sensaciones encontradas. Más allá de los dogmatismos (y de los fanatismos), este fenómeno se explica porque el grado de realización de las instituciones incorporadas por los constituyentes ha sido, en estos quince años, desigual.

23-08-2026 | 09:43

El balance de la reforma constitucional de 1994 genera sensaciones encontradas. Más allá de losdogmatismos (y de los fanatismos), este fenómeno se explica porque el grado de realización de lasinstituciones incorporadas por los constituyentes ha sido, en estos quince años, desigual.
A los fines de un análisis, necesariamente provisorio e incompleto, reuniré los temasabordados en la reforma en varios grupos, que ilustraré con algunos ejemplos, asignándole a cadauno de ellos una ponderación diferente en función de la experiencia acumulada desde 1994.
Un primer grupo congrega temas e instituciones que nos colocan en la senda de las sociedadesdemocráticas más avanzadas. La incorporación de los nuevos derechos y garantías, su ensamble con elsistema de derechos y garantías existentes, el tránsito desde la igualdad ideal a la igualdad realde oportunidades, el rol nivelador del Estado, su inserción en el mercado para propiciar uncapitalismo más humano, la incorporación de nuevos órganos de control, el diseño de un sistemafederal más complejo y más completo (autonomía municipal, nuevo estatus de la Ciudad de BuenosAires, etc.), entre otros, han sido ítems que merecen un juicio positivo, aunque la realización dealgunos de ellos esté todavía pendiente.


Un segundo grupo congrega algunas instituciones que no tuvieron el suceso que de ellas seesperaba (y que tal vez fuese esperable que no lo tuvieran con el texto finalmente votado): lafigura del jefe de Gabinete es paradigmática. A mitad de camino entre una especie de “jefe deGobierno” típico de los parlamentarismos tardíos (tal como quería Raúl Alfonsín, figuraemblemática de la reforma, con quien conversé este tema aquellos días) y de un “ministrocoordinador” típico de ciertos presidencialismos (tal como queríamos en el bloquemayoritario), no fue lo uno ni lo otro. Más allá de la capacidad que han tenido (y tienen) los queocuparon el cargo, nunca se visualizó en el jefe de Gabinete al “fusible” cuya eyecciónpermitiera refrigerar el sistema político en caso de crisis, ni al “administrador” quereservara al presidente las decisiones estratégico-políticas. El presidencialismo no se haatenuado, ésa es la verdad.
Un tercer grupo congrega temas que no tuvieron la realización imaginada, por factores ajenosal texto constitucional (y a sus autores), imputables a la falta y/o deficiente reglamentación. Elrégimen de coparticipación y el Consejo de la Magistratura ilustran ambos casos. Puede decirse queel poder constituido no ha estado a la altura del constituyente. Abrigo la esperanza, en loreferente a la coparticipación, que el Estado nacional entienda que es él quien debe ceder para quelas provincias –que lo crearon– puedan tener lo que les corresponde. Y deseo que elConsejo de la Magistratura pueda ser en un futuro el instituto que siempre debió ser (y para lo quefue creado): un mecanismo de democratización del Poder Judicial.


Queda tal vez un cuarto grupo de temas en los que es casi imposible formular una ponderaciónobjetiva, pues todo juicio estará en relación directa con la perspectiva ideológica o doctrinariadel analista: me refiero a las cuestiones institucionales que acapararon el debate periodístico deaquellos días “calientes” pero que, más temprano que tarde, fueron ubicados en elrelativo nivel de importancia que debían tener: la elección directa de presidente y vice, lareelección de ambos, la mayoría necesaria para acceder al cargo, el sistema de elección yrepresentación de los senadores, etc.
Reivindico la reforma constitucional de 1994. No por haber participado en ella sino porque enella participaron todas las expresiones políticas representativas de la época. Cuando escucho quees producto de un acuerdo político previo, recuerdo que la Constitución de 1853-1860 también lo fuey que la falta de ese acuerdo costó muchas vidas. También que ese acuerdo posibilitó la prolongadavigencia de su texto.
Dice el tango que “veinte años no es nada”. Digo, a los efectos de la reformaconstitucional de 1994, que “quince años es mucho” en función de lo que no se ha hecho.Y de lo que se ha hecho mal. Podríamos pensar en (y dedicarnos a) cumplir lo que no se ha hecho ycorregir lo que se ha hecho mal. O volver a caer en esa especie de “mal argentino” queconsiste en criticar sin miramientos lo que no hemos sabido cumplir; o, peor aun, decretarlo muertopara volver a modificarlo.

*Ex vicepresidente del Bloque de Convencionales Justicialistas en la reforma de 1994. Exministro de Justicia y Derechos Humanos de la Nación.

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