E l art. 16 de la Constitución Nacional consagra el principio de igualdad nacido de laRevolución Francesa y dispone que “…Todos sus habitantes son iguales ante la ley, yadmisibles en los empleos sin otra condición que la idoneidad…”.
¿Qué es la idoneidad? Etimológicamente , “es lo conveniente para una cosa”, essinónimo de “adecuado para el fin a que se destina”. Por tanto, aquel que aspira a lafunción pública debe estar capacitado para tal tarea. Es indispensable contar con un nivel ético,una adecuada educación intelectual y una probada experiencia ocupacional, puesto que “Los queviven debajo de ese nivel y no adquieren esa educación, permanecen sujetos a dogmas que otros lesimponen” (José Ingenieros, El hombre mediocre).
No podemos tener funcionarios ni dirigentes no idóneos, porque perderemos las expectativas deun mejor presente, e hipotecaremos el futuro.
Nuestra situación de no hacer nada para mejorar es evidente y padecemos sine die susconsecuencias.
Se propone:
◆ A cualquier cargo de la administración pública se debe acceder por concurso públicode antecedentes y no por nombramiento del gobernante de turno.
◆ Respecto a los cargos políticos, una vez cerradas las listas, se debe publicar enInternet los antecedentes técnico-profesionales de todos los candidatos y de su proyecto concretoen materia política.
◆ El gobierno nacional, provincial, municipal y comunal, debe hacer público un balanceanual de su gestión, con precisa discriminación de los rubros que lo conforman, a los efectos deque todos podamos valorar la calidad de la gestión administrativa y solicitar ajustes cuando seannecesarios.
Platón sostuvo que la democracia es el peor de los buenos gobiernos, pero es el mejor entrelos malos, agregamos; ello es así porque permite de modo constante, a través de la participación,su mejoramiento institucional. Vale la pena intentarlo, dando pequeños pasos como los que aquí seproponen, pues no hacer nada es cívicamente deplorable.
*Ex juez de la Cámara Federal de Apelaciones de Rosario.




