Fallo de la Cámara de Apelaciones

Crimen de Diego Fernández en 1984: anulan el sobreseimiento de Cristian Graf y volverán a investigarlo

El tribunal e alzada consideró que la investigación de primera instancia "fue desviada" y ordenó volver a revisar una presunta responsabilidad de Graf en el crimen ocurrido hace 40 años en el barrio porteño de Coghlan.

Diego Fernández Lima y Cristian Graf Foto: Cedoc

La Sala IV de la Cámara Nacional de Apelaciones ordenó reabrir la investigación contra Cristian Graf, por el homicidio de su ex compañero de escuela Diego Fernández, cuyos restos fueron hallados en mayo pasado bajo la casa familiar de los Graf en el barrio porteño de Coghlan, más de cuatro décadas después de su desaparición. Los camaristas anularon de esa manera el sobreseimiento a Graf dictado en octubre, y cuestionaron duramente las explicaciones y conductas asumidas por el imputado tras el hallazgo.

La decisión fue firmada por el presidente de la sala, Ignacio Rodríguez Varela, junto con los jueces Julio Lucini y Hernán López, quienes dispusieron la nulidad del sobreseimiento inicial y ordenaron una nueva indagatoria de Graf. El caso regresará ahora al fiscal Martín López Perrando para continuar la investigación sobre un crimen ocurrido en 1984, cuando la víctima tenía 16 años.

En el expediente, los camaristas señalaron que, según la declaración indagatoria, a Norberto Cristian Graf se le atribuyen una serie de maniobras posteriores al hallazgo de los restos óseos orientadas a encubrir el hecho: explicaciones “inverosímiles” sobre una supuesta iglesia, un establo o un camión que habría llevado tierra con huesos; conductas “contradictorias y evasivas” frente a testigos; silencio y falta de colaboración pese a la magnitud del descubrimiento; la ausencia de llamado inmediato a la policía; y un súbito interés en el caso solo cuando se confirmó la identidad del cuerpo.

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El juez Lucini hizo hincapié en la relación previa entre Fernández y Graf, compañeros de colegio en los años 80: “Que el deceso acaeciera en 1984 verifica un vínculo entre la víctima y el encausado en tanto resultaban ser ni más ni menos que compañeros de colegio, circunstancia suficientemente demostrada para sostener esa afirmación mediante informes y testimonios de quienes coincidieron con ambos en aquella época. Por ello, no hay posibilidad de desvincular, a esta altura, al nombrado del homicidio, ya sea como autor, cómplice o cualquier otro grado de participación y en una línea temporal evidentemente distinta y excluyente a la del delito por el cual se pretende limitar el examen de su eventual responsabilidad”.

Días atrás, el hermano de Diego Fernández Lima había solicitado que la Justicia revocara el sobreseimiento, en desacuerdo con la decisión que había beneficiado a Graf a fines de octubre.

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El juez López, en tanto, destacó la necesidad de volver a la prueba más contundente del expediente. Recordó que los antropólogos del Equipo Argentino de Antropología Forense (EAAF) constataron que la víctima fue agredida, apuñalada y luego se intentó desmembrarla, para finalmente enterrarla en el domicilio de la familia Graf. “El vínculo entre el damnificado, el encausado y el sitio donde acaeció el suceso impide descartar su ajenidad en el hecho anterior”, sostuvo.

El juez Alejandro Litvack había sobreseído a Graf al considerar prescripta la acción penal por el homicidio cometido hace 40 años y al entender que las supuestas maniobras atribuidas por la fiscalía no configuraban delito. Su fallo señalaba que la prescripción impedía avanzar tanto sobre el homicidio como sobre un eventual encubrimiento posterior.

Pero para la Cámara, esa resolución careció de razonabilidad. Rodríguez Varela afirmó en su voto que “el proceso fue precipitado a un cauce carente de razonabilidad que debe ser remediado”, habilitando así la reapertura de la causa.