El proyecto de ley “Contra el fraude de las pensiones por invalidez”, en cinco claves
El Gobierno envió al Congreso un proyecto que busca modificar la ley de Emergencia en discapacidad, que ya había sido promulgada y ratificada y continúa sin aplicarse. El nuevo documento establece mecanismos diferentes para el otorgamiento de las pensiones y su continuidad. Además, incluye nuevas disposiciones sobre las prestaciones de salud y las auditorías. Cinco datos de lo que implica esta iniciativa.
El proyecto de ley “Contra el fraude de pensiones por invalidez”, enviado por el Ejecutivo al Congreso, afirma que las auditorías identificaron “un conjunto significativo de irregularidades en la percepción de dichas prestaciones”. Sobre esa base se sostiene todo el documento, que entre otras modifica la Ley de Emergencia en discapacidad.
PERFIL consultó a las autoridades de la Secretaría de Discapacidad y al Ministerio de Salud si podían ofrecer más detalles sobre los resultados de estas verificaciones (cuáles fueron las irregularidades y la cantidad de fraudes detectados).
Hasta la publicación de esta nota no emitieron respuesta.
Pero hay otros números que sí se conocen y a través de los que se puede explicar el contenido de este proyecto.
1. Sólo el 20% de las personas con discapacidad cobra una pensión
El proyecto de ley asegura que “entre los años 2003 y 2023 la cantidad de pensiones tuvo un crecimiento exponencial” y que “numerosas publicaciones” (sin mencionarlas) “han destacado que ni siquiera países que han atravesado guerras han tenido semejante incremento”.
Según reveló un informe de la Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia (ACIJ), el incremento en el número de pensiones en la Argentina se explica principalmente porque hasta 2003 existía en el país un sistema de “alta por baja”: el número de pensiones por discapacidad se mantenía estable y se incorporaba una pensión cuando otra se daba de baja.
Los datos oficiales indican que para marzo de este año 1.148.484 personas cobraban en Argentina una pensión no contributiva por “invalidez”. Como ya explicó este medio, esto representa el 20% de las personas con discapacidad del país.
“Nos quieren hacer creer que el problema somos nosotros”, agregó en diálogo con PERFIL Gabriela Bruno, activista y secretaria de Inclusión para Personas con Discapacidad del Partido Socialista. “Mientras tanto, el Gobierno no explica la malversación de fondos en Andis, ni los privilegios de funcionarios, ni el uso discrecional de recursos públicos”, opinó. “Llamar a esta ley ‘contra el fraude’ es una fuerte posición política. El fraude es un delito. Entonces, ¿qué están diciendo? ¿Que quienes acceden a una pensión somos potenciales delincuentes? Eso es violencia institucional”, argumentó.
2. Un 6% del presupuesto ejecutado
Una de las primeras modificaciones que introduce el proyecto es en el artículo 4 de la ley de Emergencia. Entre otras cosas elimina un renglón del inciso c, que se refiere al financiamiento adecuado y actualización de los aranceles de las prestaciones básicas: lo que borra es la obligación de abonar los montos adeudados a los prestadores.
Otro cambio importante es el del inciso d: mientras que la Ley de Emergencia establece que el Ejecutivo tiene que disponer de un financiamiento adecuado para el funcionamiento de los programas de atención médica, acciones de inclusión, prevención de las discapacidades y promoción de programas de reconocimiento de empresas que incluyan prácticas de equidad laboral; el texto de la norma que la modifica llega hasta la prevención de las discapacidades y deja afuera los incentivos a empresas, a la vez que aclara que el financiamiento a la atención de la salud será garantizado solamente en los casos en los que sea competencia del Estado Nacional.
Pero en la “Atención médica a los beneficiarios de las pensiones no contributivas”, una actividad que depende del Ministerio de Salud, el Gobierno ejecutó, a abril de este año, solo un 6% del total de los recursos previstos.
“Esto se traduce en atrasos de pagos, instituciones al borde del cierre y prestaciones que se sostienen con enorme esfuerzo”, explicó a PERFIL Alex Goldman, representante del Centro de Atención Integral a la Discapacidad (Caidis) y secretario de Discapacidad de Cañuelas. “Recordemos que se adeudan pagos desde noviembre de 2025”.
El proyecto de ley también prevé la eliminación de nomencladores con valores universales por prestación. “El nomenclador permite que, independientemente de la obra social o prepaga que tenga una persona, exista un piso común que garantice acceso a apoyos esenciales en todo el país”, afirmó Goldman.
3. Auditorías por $ 23 mil millones
La Ley de Emergencia vigente contempla la realización de auditorías periódicas mediante una “evaluación justa, transparente, basada en criterios de salud y en un análisis integral de la situación socioeconómica”.
Pero el proyecto actual modifica este artículo (16) y va más allá: con las auditorías resultantes del cruce de datos entre Anses y ARCA se podrían dictar suspensiones preventivas. También incorpora un artículo con un reempadronamiento.
De enero a octubre de 2025, según pudo constatar este medio, se habían gastado $ 23 mil millones en el envío de cartas documento para las auditorías que en el 50% de los casos no llegaron a destino, denunció ACIJ.
Pablo Molero, presidente del Foro Permanente de Discapacidad, explicó que el proyecto “elimina la pensión por protección social dirigida a personas en situación de pobreza”. Y afirmó que esto las deja sin ningún apoyo, “porque no solamente era el dinero, sino el poder tener salud, educación o rehabilitación”.
4. Un ingreso mensual de $ 266 mil
La ley vigente establece que la Pensión no Contributiva por Discapacidad para Protección Social (a la que el proyecto de ley limita a una pensión para casos de invalidez laboral) consiste en el pago de una prestación mensual equivalente al 70% del haber mínimo jubilatorio, y que se actualizará de conformidad a lo establecido por el ordenamiento jurídico vigente.
Esta actualización también fue eliminada del proyecto. En abril la pensión no contributiva asciende a los $ 266 mil, a la que se le suma el bono de $ 70 mil.
5. Desocupación del 80%
El proyecto determina una incompatibilidad de las pensiones con cualquier vínculo de empleo formal. La Ley de Emergencia establece en cambio que la incompatibilidad estará dada cuando la persona perciba un ingreso superior a dos salarios mínimos, en cuyo caso se suspenderá.
La cantidad de personas que pueden acceder a empleos registrados es “ínfima”, explicó Bruno. Según la OIT, el 80% está fuera del mercado. “Esto claramente no les mueve el amperímetro del presupuesto. Es ajuste puro, pero disfrazado de moralidad”, sintetizó.
“Hacer incompatible la pensión con el empleo genera un efecto perverso: empuja a las personas a elegir entre subsistir o desarrollarse. En la práctica, desalienta la inserción laboral formal”, agregó Goldman.
Además, concluyó, desconoce la realidad: “muchas personas con discapacidad necesitan apoyos incluso estando empleadas. La pensión no es un privilegio, es una herramienta de compensación frente a las barreras y desigualdades estructurales”.
También te puede interesar
-
El verdadero problema K de Milei: ganadores externos y perdedores internos que marcan una recuperación desigual
-
La política monetaria necesita reglas, no discreción
-
Fusiones y adquisiciones: se concretaron operaciones por US$ 8.500 millones
-
Por la crisis, Electrolux cierra su línea de heladeras en el país
-
Las compras de dólares se “comieron” el superávit
-
El verdadero problema K de Milei: ganadores externos y perdedores internos que marcan una recuperación desigual
-
Punta del Este seduce a millonarios latinoamericanos para hacer eventos de lujo
-
Un aumento de casos de gusano barrenador en México amenaza el comercio con EE.UU.
-
Militar de EE.UU. ganó más de US$400.000 apostando sobre captura de Maduro