Inocencia Fiscal: los intereses de depósitos en dólares quedarán exentos del impuesto a las Ganancias
ARCA ajusta su normativa para profundizar el régimen simplificado y promover la formalización de activos.
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) avanzó con una nueva adecuación normativa para impulsar el régimen de Inocencia Fiscal. A través de la Resolución General 5822/2026, publicada en el Boletín Oficial, el organismo precisó que los intereses generados por depósitos en moneda extranjera no estarán alcanzados por retenciones del impuesto a las Ganancias.
Con esta medida, ARCA actualizó el marco reglamentario vigente para alinearlo con la puesta en marcha del régimen simplificado del tributo. El objetivo es "fomentar la incorporación de activos al circuito formal de la economía, como instrumento idóneo para asegurar su identificación, trazabilidad y verificación".
Según el organismo, "los contribuyentes que se adhieran a la iniciativa, al momento de introducir sus fondos en el sistema financiero, tendrán garantizado que el Estado no les aplicará retenciones por los intereses generados en esas inversiones".
El gobierno reglamentó la Ley de Inocencia Fiscal
El Gobierno nacional reglamentó este lunes la Ley de Inocencia Fiscal, una de las reformas tributarias más ambiciosas de la gestión de Javier Milei, con el objetivo de incentivar la formalización de ahorros no declarados -incluidos los denominados “dólares del colchón”- y redefinir la relación entre el Estado y los contribuyentes.
La medida quedó formalizada mediante el Decreto 93/2026, publicado en el Boletín Oficial, que puso en vigencia el Régimen Simplificado de Ganancias (RSG) y limitó de manera explícita el alcance de las fiscalizaciones de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA). A partir de ahora, el foco del control estará exclusivamente en los ingresos facturados y declarados.
Cambios penales: nuevos pisos de evasión y menor plazo de prescripción
La reglamentación también introdujo una modificación profunda del Régimen Penal Tributario, elevando de forma significativa los umbrales a partir de los cuales un incumplimiento pasa a ser delito.
Nuevos parámetros:
- Evasión simple: de $1,5 millones a $100 millones.
- Evasión agravada: de $15 millones a $1.000 millones.
- Prescripción: se reduce de 5 a 3 años para contribuyentes cumplidores.
Además, se habilitan mecanismos de extinción de la acción penal:
- Cancelación única: pago del capital e intereses sin denuncia penal (beneficio por única vez).
- Regularización con recargo: si no hubo denuncia, puede extinguirse la acción pagando la deuda más un adicional del 50% dentro de los 30 días.
FN / EM
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