Jubilaciones: rige una nueva fórmula de actualización y se definieron haberes mínimos y máximos de julio
Este 3 de julio, la Resolución 320/2024 del Boletín Oficial, puso en vigencia la nueva movilidad jubilatoria. Cómo se actualizan los haberes a partir de este mes, y a cuánto se va el haber mínimo y máximo.
La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) oficializó este 3 de julio el aumento del 4,18% en los haberes mínimos y máximos de julio para jubilados y pensionados, en línea con la inflación registrada por INDEC en el mes de mayo, al entrar en vigencia la nueva movilidad jubilatoria.
La decisión se estableció mediante la Resolución 320/2024, publicada este miércoles en el Boletín Oficial, y allí se consigna “que el haber mínimo garantizado vigente a partir del mes de julio de 2024, será de $215.580,82″. Mientras que el máximo será de $1.450.654,81.
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Además, a comienzos de esta semana el Gobierno confirmó que otorgará un bono de $70.000 para jubilados y pensionados que perciben el haber mínimo.
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De esta manera, la jubilación mínima en junio junto con el bono compensatorio alcanzará los $285.580.
En tanto, quienes tengan haberes inferiores a esa cifra tendrán un bono proporcional hasta alcanzarla.
En el documento oficial que lleva la firma del titular de ANSES, Mariano de los Heros, también se establecieron las bases imponibles mínima y máxima en $72.607,58 y $2.359.712,22, respectivamente, a partir del período devengado julio de 2024.
Al mismo tiempo, el organismo determinó que el importe de la Prestación Básica Universal (PBU) y de la PUAM.
Los nuevos rangos indican que, a partir del próximo mes, la PBU será de $98.618,39.
En tanto, el importe de la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM) será de $172.464,66.
Con el bono de $70.000, la PUAM ascenderá a $242.464,66.
Nueva forma de actualización de los haberes jubilatorios: ¿qué cambia?
La actualización de los haberes del séptimo mes del año significa la puesta en marcha del nuevo esquema previsional dispuesto por el Gobierno, que estipula el ajuste mensual en base a la inflación del segundo mes previo al del haber respectivo, por lo que en julio se toma de referencia el índice de mayo.
Al respecto, el texto oficial recordó que por medio del DNU 274/24 se estableció que “los haberes se actualizarán mensualmente, de acuerdo con las variaciones del Nivel General del Índice de Precios al Consumidor Nacional, publicado por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC)” y fijó que “la primera actualización, en base a la movilidad dispuesta en el artículo 1° del mismo, se hará efectiva a partir de las prestaciones previsionales correspondientes al mes de julio de 2024”.
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