Debate por el control de la Justicia

"58 senadores que votaron por Mahiques apoyarían dos jueces y el procurador que quiere Milei"

El constitucionalista Raúl Gustavo Ferreyra cuestiona el nuevo decreto del Gobierno que elimina el histórico proceso de participación ciudadana e impugnaciones para los candidatos a la Corte Suprema. Advierte sobre un avance autocrático y especula con que el Ejecutivo ya cuenta con los votos en el Senado para imponer dos nuevos magistrados y al Procurador General.

Corte Suprema Foto: CSJN

En medio de un escenario político marcado por la tensión institucional, el Poder Ejecutivo sacudió el tablero judicial al modificar sustancialmente el Decreto 222, una norma con 23 años de vigencia que autolimitaba el poder presidencial para garantizar la transparencia en la selección de los miembros de la Corte Suprema de Justicia.

En esta entrevista, en Modo Fontevecchia, por Net TVRadio Perfil (AM 1190), el prestigioso jurista y exconjuez del máximo tribunal, doctor Raúl Gustavo Ferreyra, analiza con dureza la medida, calificándola como un claro retroceso democrático que fomenta la discrecionalidad y la autocracia al suprimir la participación ciudadana y los criterios de diversidad de género y federalismo.

¿Milei y Mahiques buscan reactivar las designaciones en la Corte?

Con la precisión de la aritmética legislativa en mano, Ferreyra ata cabos y lanza una fuerte advertencia: el Gobierno no habría flexibilizado estos requisitos si no tuviera ya cerrados los números en el Senado para avanzar, de forma inminente, con los nombramientos de dos nuevos jueces de la Corte y del largamente vacante Procurador General de la Nación.

Raúl Gustavo Ferreyra es abogado constitucionalista, jurista, escritor y docente. Cuenta con una extensa trayectoria académica en la Universidad de Buenos Aires y su participación en el debate público sobre la estructura y las reformas del sistema judicial argentino. Se desempeñó como conjuez de la Corte Suprema de Justicia de la Nación entre los años 2014 y 2017. También ha trabajado como asesor jurídico para la Defensoría del Pueblo de la Ciudad de Buenos Aires.

Un gusto volver a hablar con usted, doctor. Cuéntenos sobre esta disposición de flexibilizar los requisitos pensados para hacer más visible la transparencia de los nombramientos de los magistrados en la Corte. Su propia evaluación.

En primer lugar, hay que recordar a la audiencia que la integración de la Corte Suprema de la Argentina es probablemente la más pequeña del mundo. No hay una Corte Suprema o tribunal constitucional que tenga solo tres miembros. En segundo lugar, tampoco existe en el mundo un Consejo de la Magistratura que sea presidido por el propio presidente de la Corte Suprema. Es decir, ya son dos singularidades de nuestra Corte. El presidente de la República ha emitido un decreto con el cual modifica sustancialmente uno de hace 23 años emitido, a su vez, por Néstor Kirchner. La principal crítica que hay que hacer a Javier Milei en este caso es que estamos en presencia de más discrecionalidad; se acentúan sus rasgos autoritarios porque se eliminan los mecanismos de transparencia, participación y criterios de diversidad que habían sido incorporados hace 23 años para la nominación y designación de los jueces de la Corte Suprema de Justicia.

¿Podría contarle a la audiencia, de la manera más didáctica posible, cuáles eran aquellos mecanismos y qué cambia ahora?

La reforma que se hizo en el año 2003 fue importantísima porque el presidente de la República en ese momento se autolimitó. Esa capacidad que él tiene para nominar a los candidatos a la Corte Suprema abrió un proceso específico en el cual se tenían que publicar, en dos medios de circulación nacional, todos los antecedentes para que todos los ciudadanos de la Argentina pudiesen conocerlos. A partir de allí, se abría en el Ministerio de Justicia un proceso amplísimo de participación ciudadana en el cual se podía adherir o impugnar a cada uno de esos candidatos. Una vez que se llevaba a cabo todo este proceso, que duraba aproximadamente entre 30 y 45 días, ese expediente era elevado al Senado para que se llevasen a cabo las audiencias públicas con cada uno de los candidatos. Hoy lo que ha hecho el presidente, en un rasgo de la autocracia que lo caracteriza, es eliminar todo este proceso en el ámbito del poder administrador. No se van a publicar los antecedentes en dos diarios de circulación nacional y no va a haber más este proceso en el ámbito del Ministerio de Justicia para que la ciudadanía pueda participar.

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Y también se dejan sin efecto recomendaciones como diversidad, género, especialidad y regionalización.

Sí, porque en el año 2003 lo que se había incluido en ese decreto era que, en lo posible, el presidente de la República con el Decreto 222 se autolimitaba para que en la nominación se hiciese presente la diversidad de género y la representación federal de la Argentina. Recordemos que la Corte Suprema en este momento debería tener cinco miembros y nuestras provincias son 24. Es imposible que puedan estar representadas todas las provincias, pero sí podría tener un sesgo de representación federal.

¿Y qué significa que haya hecho esto el gobierno en este momento? ¿Qué intencionalidad le asigna usted cuando parece poco probable que se puedan presentar candidatos a la Corte Suprema que reúnan los requisitos para ser votados por dos tercios del Senado?

Dividiría en dos partes su pregunta, Jorge. En primer lugar, si nos remitimos a las últimas votaciones que hubo en el Senado, no pareciera tan imposible como el año pasado. Habría que hacer un conteo de los votos, o de las mayorías con las cuales estarían trabajando o especulando, para designar jueces de la Corte Suprema. Por otro lado, esto es un eslabón más de menos democracia, menos participación, más autocracia y el aumento de la discrecionalidad del presidente para nominar sin un proceso de impugnación. Le quiero aclarar que, cuando fui nominado como conjuez de la Corte Suprema de Justicia por Cristina Fernández de Kirchner, fuimos sometidos con varios colegas a este proceso que se realizaba en el seno del Ministerio de Justicia para recibir las impugnaciones y las adhesiones correspondientes a la candidatura por el cursus honorum que cada uno había tenido. Esto desaparece. Ahora habrá que hacerlo directamente en el Senado.

Interpreto lo que usted dice: ¿cree que el gobierno se está preparando para enviar dos nuevos miembros de la Corte al análisis del Senado? ¿Lo ve como algo factible?

Sí, claro. Si uno se maneja con esta lógica de antecedentes, no iban a modificar este decreto si no están pensando en enviar eso. Porque además, en el mismo decreto se refiere al Procurador. Están haciendo mención del Procurador porque el cargo también está vacante desde hace muchísimos años. Aquí estamos hablando de dos vacantes en la Corte Suprema y una vacante para el Procurador General.

¿Usted se imagina que con la nueva conformación en el Senado hoy aspiran a tener los dos tercios para votar a los dos nuevos integrantes de la Corte y al Procurador?

Le voy a pasar algo que es la aritmética. El Senado tiene 72 miembros y la postulación de un juez de la Corte Suprema —refiriéndome al siglo XXI— en general ha recibido entre 43 y 49 votos. Ha sido una rareza que estuviese por encima de los 50. Hace dos semanas, cuando se llevó adelante la renovación de un magistrado que había cumplido 75 años —que es el padre del ministro—, recibió una adhesión que creo que fue de 56 o 58 votos, que es un número importantísimo. La prórroga de los 75 años está establecida en la Constitución y, si a una persona se le prorroga, bienvenido sea. Lo que quiero decir a la audiencia es que no le están prorrogando casi a nadie; la tendencia en los últimos diez años ha sido inducir a la persona a que tome su jubilación a los 75 años. En este caso, se llevó a cabo una prórroga con un número un 20% por encima de los caudales que recibieron en general las votaciones de los jueces en el siglo XXI. Ahora sale este decreto. Uniendo una cosa con la otra, podría especularse con que se llevaría a cabo una nominación.

 ¿Usted imagina que se reuniría la cantidad de votos necesarios que no se reunió en el pasado?

Lo estoy advirtiendo como una posibilidad, Jorge, porque si no, no advierto la necesidad de modificar el Decreto 222. Si no quieren designar a ningún juez de la Corte, ¿para qué lo iban a modificar?

En este sentido, hay dos candidatos para procurador: casualmente el ministro de Justicia y quien fue candidato y finalmente no entró a la Corte, Ariel Lijo. Los dos viajaron juntos a la reunión del GAFI. ¿Cómo imagina ese pleito entre uno de los más controversiales jueces de Comodoro Py y el ministro de Justicia para el cargo de procurador? A su juicio, ¿es más importante ser procurador que miembro de la Corte? Porque el procurador no solo está en la Corte, y en la Corte son cinco.

¡Qué pregunta teórica me hace! Es una pregunta realmente teórica que tiene que ver con los perfiles que va adquiriendo cada jurista a lo largo de la historia. Creo que voy a esquivar la pregunta, Jorge, porque ser procurador o ser juez de la Corte es algo muy importante para la trayectoria de cualquier jurista. Si a usted lo nominan para ser juez de la Corte o para ser procurador, evidentemente es algo muy importante que llega en la trayectoria. Respecto de las diferencias, no lo sé; la verdad es que no tengo idea de cómo van a hacer para convivir con eso. Lo que sí tengo claro es que hay alguien que tiene in pectore tres nombres: dos candidatos para la Corte Suprema y uno para la Procuración General. Y esto no lo digo por información, lo digo por pura especulación de seguir, desde hace prácticamente 40 años, la trayectoria del desarrollo de la Corte Suprema de Justicia.

¿Y esa persona será el presidente, el ministro de Justicia o la secretaria general de la Presidencia?

Otra muy buena pregunta, Jorge. En general en la Argentina, por lo menos en el siglo XXI, no ha intervenido directamente el presidente de la República en el caso de la nominación de los magistrados de la Corte Suprema. Tampoco han sido tantos los que lo han hecho, porque en este momento recuerdo que lo hizo Néstor Kirchner y que lo hizo Mauricio Macri. Y si no recuerdo mal —usted que tiene mejor memoria que yo—, creo que Macri en algún momento dijo que él no lo conoce a Rosati.

Es así, exactamente. Fue recomendación de Elisa Carrió.

Bueno, para ilustrar a la audiencia, lo que le quiero decir es que, en mi caso, cuando fui nominado por Cristina Fernández de Kirchner, tuve una entrevista con ella a los fines de conocernos. Evidentemente, creo que es algo importantísimo que esto suceda y es una práctica habitual en los Estados Unidos de América.

O sea, usted dice que el que los tiene in pectore, entonces, es el presidente.

Es una posibilidad. Se los hicieron llegar. Vuelvo a repetir que en los considerandos del decreto hablan de los Estados Unidos de América, y desde el siglo XVIII en Estados Unidos no designan a un juez de la Corte sin que el presidente lo conozca. El presidente conoce acabadamente a cada uno de los juristas que van a ir a la Corte Suprema.

Doctor Gustavo Ferreyra, como siempre, muy ilustrativo, muy didáctico y muy formado. Muchísimas gracias. Valoramos mucho toda la información que nos dio y nos hace pensar que, como usted dice, es bastante probable que tengamos pronto la discusión de los dos miembros de la Corte y del procurador. Muy interesante. Muchísimas gracias.

Muchísimas gracias por la entrevista. 

 

MEG