Juicio a las Juntas Militares

¿Fue realmente el Nüremberg argentino?

El Juicio a las Juntas se realizó con fiscales y jueces argentinos, a diferencia del juicio a jerarcas nazis vencidos, que fue llevado a cabo por un tribunal internacional, integrado por fiscales y jueces de los aliados vencedores.

Foto: cedoc

Raúl Ricardo Alfonsín asumió la presidencia de la Nación el 10 de diciembre de 1983 y le tocó conducir quizás la más difícil transición hacia la democracia, signada por grandes obstáculos, entre ellos las secuelas de la lucha contra la subversión y de la Guerra de Malvinas, la política militar y los derechos humanos; afrontarlas requería una real y cruda docencia, además de una firme decisión y valentía. A partir de 1984 se percibía en sectores del Ejército un estado de frustración contra lo actuado por la dictadura militar, y también hacia Alfonsín, a quien lo percibían como el destructor de las Fuerzas Armadas, y algunos llegaron a llamarlo “el Anticristo”. No fue ajeno a ello una desviada influencia política, ideológica, militar y religiosa.

En ese contexto se desarrolló el conocido juicio a las Juntas Militares del autodenominado Proceso de Reorganización
Nacional (PRN)
, que se inició en 1983 (Decreto del PEN 158/83) y finalizó el 9 de diciembre de 1985; en su artículo primero dictaminaba: “Sométase a juicio ante el Consejo Supremo de las Fuerzas Armadas (CONSUFA) a los integrantes de la Junta Militar que usurpó el Gobierno de la Nación el 24 de marzo de 1976…”.

1985: la Argentina del Juicio a las Juntas militares

Lamentablemente, después de varios meses el CONSUFA, presidido por el brigadier de la Fuerza Aérea Luis María Fages, dictaminó que “las órdenes impartidas por los mandos superiores de las distintas Fuerzas, en la lucha contra la subversión, fueron inobjetables”; en síntesis, los militares renunciaron a juzgar a sus pares. Ante ello, se dio paso a la intervención de la justicia civil (Cámara Criminal Correccional de la Capital Federal).

En los inicios de la nueva institucionalidad democrática, los altos mandos designados por el Gobierno Nacional no supieron entender que Alfonsín no buscaba ninguna judicialización institucional, sino de aquellos que desviándose de elementales normas jurídicas y éticas fueron artífices de una violencia inusitada, mediante la implantación de un terrorismo de Estado, para oponerse a los crímenes y atentados de las organizaciones armadas irregulares. En el Ejército, entre 1984 y 1987, funcionó la organización FAMUS (Familiares de Muertos por la Subversión) que entre otras cosas organizaba misas de indudable contenido político- ideológico-religioso a las que concurrían algunos militares en actividad, retirados y civiles ligados al PRN; no faltaban vivas a Videla. Las misas finalizaban con el canto católico Salva al pueblo argentino.

El 9 de diciembre de 1985 finalizó el juicio a las Juntas Militares, anteriormente en el final de su alegato el Fiscal Julio César Strassera señaló que “la combinación de clandestinidad y de mentira produjo efectos que trastornaron a la sociedad”. No puedo obviar algunos conceptos de la sentencia del llamado Juicio del Siglo: “En su calidad de Comandantes en Jefe de sus respectivas Fuerzas, ordenaron una manera de luchar contra la subversión que básicamente consistía en: capturar a quienes pudieran resultar sospechosos de tener vínculos con la subversión, de acuerdo con los informes de inteligencia; conducirlos a lugares situados dentro de unidades militares o bajo su dependencia; una vez allí, interrogarlos bajo tormentos; someterlos a condiciones de vida inhumanas, con el objeto de quebrar su resistencia moral; efectuar todo lo descripto anteriormente en la clandestinidad más absoluta, para lo cual los secuestradores debían ocultar su identidad y realizar los operativos preferentemente en horas de la noche; las víctimas debían permanecer totalmente incomunicadas, con los ojos vendados, y se debía negar a cualquier autoridad, familiar o allegado, la existencia del secuestrado y la de sus eventuales lugares de alojamiento; amplia libertad de los cuadros inferiores para determinar la suerte del aprehendido, que podía ser luego liberado, puesto a disposición del Poder Ejecutivo Nacional, sometido a proceso militar, o bien eliminado físicamente” (El diario del Juicio, Ed. Perfil, pág. 516 y 517).

El general (r) Jorge R. Videla y el almirante (r) Emilio E. Massera fueron condenados a Reclusión Perpetua; el general (r) Roberto E. Viola a 17 años de Prisión; el almirante (r) Armando Lambruschini a 8 años de Prisión y el brigadier Orlando R. Agosti a 4 años de Prisión; todos con la pena accesoria de Inhabilitación Absoluta Perpetua y Destitución. Los otros procesados (brigadieres Omar Graffigna y Basilio Lami Dozo, el almirante Jorge Anaya y el general Leopoldo F. Galtieri) fueron absueltos de culpa y cargo.

El punto 30 de la sentencia de la Cámara Federal instaba a la persecución penal, y se daba así la paradoja de que mientras los jóvenes oficiales y suboficiales comparecían ante la Justicia, sus superiores permanecían en libertad y no asumían sus responsabilidades. El resultado es conocido. La Corte Suprema de Justicia de la Nación (José S. Caballero, Augusto Belluscio, Carlos Fayt, Enrique Petracchi y Jorge Bacqué) dijo que el juicio “no fue hijo de la revancha, sino para los que se apartaron de su misión de las Fuerzas Armadas”.

Respeto, pero no comparto lo que algunos califican el juicio a las Juntas Militares como el “Nüremberg argentino”. En la citada ciudad alemana, entre noviembre de 1945 y octubre de 1946, fueron juzgados veinticuatro jerarcas nazis vencidos- militares y civiles- por un tribunal internacional, integrado por fiscales y jueces de los aliados vencedores (estadounidenses, soviéticos, británicos y franceses) y se aplicaron varias penas muerte. En nuestro país, se juzgó con fiscales y jueces argentinos.

Finalmente, me permito recordar una proclama del general San Martín en el Perú el 8 de septiembre de 1820. Entre otros conceptos, expresó a sus soldados: “La ferocidad y la violencia son crímenes que no conocen los soldados de la libertad, y si contra todas mis esperanzas, alguno de los nuestros olvidase esos deberes, declaro que serán inexorablemente castigados. Todo el que robe o tome con violencia, será pasado por las armas (…) Todo exceso que ataque a la moral pública o a las costumbres del país, será castigado hasta con la vida. Desgraciado el que quebrante sus deberes y sirva de escándalo a sus compañeros de armas”.

 

*Exjefe del Ejército Argentino. Veterano de la Guerra de Malvinas y exembajador en Colombia y Costa Rica.