Causa Seguros: la Corte Suprema no trató el pedido de recusación de Alberto Fernández contra el juez Ercolini
El expresidente había solicitado que el magistrado fuera apartado de la causa por presumible falta de imparcialidad, pero el Máximo Tribunal solo señaló que los recursos extraordinarios "sólo corresponden cuando hay sentencias definitivos o agravios consittucionales", premisas que no se cumplían en este caso, por lo que no emitió juicio.
La Corte Suprema de Justicia de la Nación no trató este jueves el pedido de recusación del juez Julián Ercolini, planteado por el ex presidente Alberto Fernández, en la causa donde se investigan supuestas irregularidades en la contratación de seguros para diferentes dependencias del Estado durante su gestión. Inicialmente se difundió que la Corte había rechazado el recurso, pero allegados al expresidente destacaron que el Máximo Tribunal "no rechazó la recusaciónal juez, sino que se limitó a señalar que los recursos extraordinarios sólo corresponden cuando hay sentencias definitivos o agravios consittucionales". Como en este caso no hay sentencia definitiva, la Corte recalcó que no trataría el tema porque no era de su competencia, y en consecuencia no emitió juicio.
Con el patrocinio de la abogada penalista Mariana Barbitta, el ex jefe de Estado había solicitado que se aparte del proceso a Ercolini, quien se encuentra a cargo del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal N° 11, donde el proceso principal aún está en la etapa de investigación.
La irregularidad clave que detectó la Justicia: qué había dentro de las valijas libertarias
La solicitud de Fernández había llegado a través de un recurso de queja, ya que la Cámara de Casación anteriormente había rechazado un recurso extraordinario.
Esta vez, el planteo del expresidente fue desestimado por "falta de sentencia definitiva", según la resolución firmada por los ministros Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti.
“Que el recurso extraordinario, cuya denegación motivó esta queja, no se dirige contra una sentencia definitiva o equiparable a tal (art. 14 de la ley 48). Por ello, se desestima la presentación directa”, dispusieron Rosatti, Lorenzetti y Ronzenkrantz.
El pedido de Fernández estaba basado en la posibilidad de que no se cumpla la garantía de imparcialidad en el proceso ya que con Ercolini tuvo una relación previa de amistad y enemistad en el marco de la cátedra en la Universidad de Buenos Aires que compartieron años anteriores.
Fernández apeló su procesamiento en la causa Seguros
Recientemente, Fernández además apeló el procesamiento que dispuso el juez federal Sebastián Casanello en otro de los expedientes vinculados a la causa de los seguros.
De acuerdo a lo afirmado por su abogada defensora, “Casanello arribó a esta decisión sin haber producido ninguna de las pruebas ofrecidas por el ex Presidente”. Además señaló que el juez avanzó “sin contar con el análisis de especialistas en materia de seguros”.
Tanto la abogada como Fernández sostuvieron que el procesamiento no se basa en los hechos por los que fue indagado. “Ya no me cuestiona un decreto que firmé para poner fin a la cartelización y a los negociados que se hacían con los seguros del Estado. Ahora, repentinamente, se me imputa no haber advertido el “riesgo” que suponía nombrar como secretaria a la esposa de un productor de seguros”, manifestó el ex mandatario en X.
LM/EM
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