La CNRT mantiene su postura sobre el uso obligatorio del barbijo
Luego de que el gobierno porteño anunciara que el uso del barbijo o tapabocas dejó de ser obligatorio en lugares cerrados y transporte público de la Ciudad de Buenos Aires, desde la Nación se aclaró que, de acuerdo a las recomendaciones de la cartera de Salud, se deberá seguir utilizando el barbijo en el transporte público de jurisdicción nacional, lo que incluye 32 líneas de colectivos que recorren exclusivamente CABA y los trenes.
Como se sabe, en la Ciudad de Buenos Aires circulan 135 líneas de colectivos, de las cuales 103 son interjurisdiccionales (con recorridos que incluyen partidos del conurbano bonaerense), en tanto las 32 restantes tiene origen y destino dentro de CABA, y en todas ellas sigue siendo obligatorio el uso del barbijo, según explicó en un comunicado la Comisión Nacional de Regulación del Transporte (CNRT).
Las 32 líneas son la 4, 5, 6, 7, 12, 23, 25, 26, 34, 39, 42, 44, 47, 50, 61, 62, 64, 65, 68, 76, 84, 90, 99, 102, 106, 107, 108, 109, 115, 118, 132 y 151, que como aún no fueron incorporadas a la administración porteña, rige para ellas la normativa nacional.
“La curva de esta ómicron (variante de coronavirus) está completando su recorrido y en este contexto hemos tomado la decisión de pasar de la condición del uso de barbijo obligatorio en los interiores y en el transporte público a uso recomendado”, afirmó el ministro de Salud porteño, Fernán Quirós, al anunciar la decisión el jueves pasado.
Lo mismo ocurre con los trenes, que son de jurisdicción nacional, pero no con los subtes que administra la Ciudad, y donde sí se aplica la nueva recomendación de no obligatoriedad de uso de tapabocas.
En el documento, la CNRT recuerda a la ciudadanía cuáles son los requisitos para seguir cuidándose en el transporte público de jurisdicción nacional como colectivos, micros y trenes. Según el organismo de contralor nacional, “barbijo, ventilación y desinfección son condiciones fundamentales a tener en cuenta y controlados para seguir cuidando de cada pasajero y pasajera”.
A través de su Comité de Crisis creado por el covid-19, estableció, de acuerdo a los parámetros del Ministerio de Salud de la Nación, cuáles son los requisitos que deben cumplir las empresas de transporte de jurisdicción nacional para disminuir los riesgos de contagio en estaciones, terminales, colectivos, micros y trenes.
En este sentido, en la última actualización, la Disposición 225/2022 de CNRT establece que continúa siendo obligatorio el uso de barbijo dentro de las unidades para pasajeros, pasajeras y el personal de conducción, la ventilación debe ser permanente y la limpieza y desinfección de los vehículos deberá realizarse antes de cada viaje.
En lo que va del año, se realizaron más de 2.200 actas de infracción a empresas por incumplimiento de los protocolos de prevención. En este sentido, se recomienda seguir cumpliendo con los requisitos establecidos para colectivos urbanos nacionales, estaciones, terminales y larga distancia.
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