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Logros y deudas de la justicia argentina

Sin renunciar al castigo de los delitos menores, tenemos que librar una verdadera cruzada contra la criminalidad organizada y contra los delitos de corrupción.

Palacio de Tribunales
Palacio de Tribunales. | Cedoc

El galardón otorgado por el Foro de Estudio sobre la Administración de Justicia (Fores) al Juzgado Federal de la Seguridad Social Nº 7 es un halo de esperanza más en el ámbito del Poder Judicial. Pese la cantidad de causas que se tramitan en un fuero colapsado, en función del ímpetu de la señora jueza y del equipo de colaboradores que la secunda, se brindaron respuestas adecuadas al servicio, lo que ameritó mejorar la gestión judicial y la atención al público.

La citada asociación civil es por demás rigurosa en el proceso de evaluación. Para establecer verdaderos indicadores de calidad, analiza detenidamente el desarrollo y la evolución del órgano judicial.

El Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional N° 4 del Poder Judicial de la Nación -al que pertenecemos- tuvo el honor de integrar esa terna de excelencia, en oportunidad en que se auditaran las cámaras de enjuiciamiento.

Ya manifestamos en más de una oportunidad que no desconocemos las críticas que se le efectúan al Poder Judicial, en algunas oportunidades certeras y en otras, decididamente infaustas. En lo que atañe a la justicia criminal -que integramos desde hace más de tres décadas-, la gran mayoría de los magistrados realiza un esfuerzo denodado por llevar a cabo la tarea de administrar justicia.

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Ciertamente existieron ovejas descarriadas que deslucieron la transparencia y frescura con la que la gran mayoría de los magistrados lleva a cabo su labor, al compás de la austeridad y la decencia. No hacen más que sumergir en la bruma oscura la actividad silenciosa de la constelación de jueces honestos y probos.

Dicho extremo es parangonable con la actividad aérea. En el mundo, existen millares de vuelos diarios, pero basta que uno no arribe a destino para que se vuelva noticia.

Es cierto que, en lo que a la justicia penal alcanza, nos encontramos con algunas deudas respecto de la sociedad. Ella observa con desasosiego que el castigo, además de verificarse con laxitud, se canaliza prioritariamente a la criminalidad periférica, edificada sobre una población vulnerable y que se corresponde con crímenes de las clases marginales. Se tiene la clara impresión de que el sistema penal arroja su red y atrapa a los sectores de la población socialmente más expuesta.

Es hora de dejar de jugar al solitario y hacernos trampa. Sin renunciar al castigo de los delitos menores, tenemos que librar una verdadera cruzada contra la criminalidad organizada y contra los delitos de corrupción.

Ninguna duda cabe que trastoca el contenido ético de la sanción cuando no supera el burdo y petiso escalón de dirigirse hacia los autores rústicos o con entrenamiento primitivo, mientras logran escapar del arresto aquellos individuos galardonados por la astucia criminal, por la complacencia velada o solapada de los aparatos o las relaciones de poder.

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En la medida que el umbral del castigo tienda a elevarse hacia quienes delinquen desde el pináculo social, en base a tramas o alianzas sostenidas sobre acuerdos y lógicas preexistentes, que articulan lealtades, jerarquías, intercambios de favores, ramificaciones del contexto de relaciones que se apoyan en una suerte de punto medio entre publicidad y secretismo, cuya modalidad delictiva se desliza por senderos ocultos, podemos hablar de una calidad cultural del sistema admonitorio; hoy en día, el sistema penal parece una calesita tramposa donde la sortija siempre la sacan los mismos.

La selección arbitraria no debe poner en juicio su estabilidad. Si el proceso comunicativo que se gesta al compás de esa selección conspira contra su armonía y frescura, creemos prudente pensar en que resulta auspicioso mejorarlo, refinarlo, aceitarlo o colaborar en su evolución, y no sumergirnos en corrientes abolicionistas -que descreen equivocadamente de la pena- y que dañado al sistema penal.

Si el sistema criminal no funciona o funciona de manera deficiente -pese al esfuerzo denodado de algunos magistrados- tiene que haber un compromiso de todos los actores en aras de perfeccionarlo o mejorarlo y no “bajar su telón”.

No nos pasa inadvertido que, ante la penosa ecuación financiera que arrojan nuestras cuentas nacionales, con un Estado sobredimensionado, quebrado y con erogaciones fútiles, resulta impensable llevar adelante cualquier tipo de política pública, en particular la política criminal, que debe ser sostenida en el tiempo con recursos financieros.

Resulta prudente, en tren de mejorar la calidad legislativa, discutir en los recintos parlamentarios la codificación penal elaborada por la comisión presidida por el doctor Mariano Borinsky. Dicha comisión atesora un nuevo cuerpo compilado -no ausente, sin dudas, de críticas puntuales que se le pueden formular- que intenta lograr con valentía uno de los sueños de la ilustración, evitando la dispersión legislativa, a la vez que le incorpora a los mandatos tradicionales, en su tránsito hacia la modernización, una visión de género, macrocriminalidad, tratamiento de las personas jurídicas, ecología, delitos informáticos y tecnológicos, y criminalidad financiera en toda su amplitud.

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Por otra parte, en ese tren de rejuvenecimiento, debemos destacar la actividad el Poder Ejecutivo al otorgarle fisiología al nuevo Código Procesal Penal Federal de la Nación. Este cobró una reciente fisonomía, toda vez que mediante la ley 27.482, del 14 de enero del 2019, comenzó su implementación, aunque de manera paulatina, iniciando su recorrido por dos provincias del Nordeste, en aras de contar con un instrumento superador de la actual ordenanza procesal.

Si bien ese ordenamiento abraza una atinada matriz acusatoria y posee ciertos avances en una cuestión harto delicada, como en el juzgamiento penal, es necesario compatibilizar, dentro de él, que el derecho al recurso -consagrado en la Carta Federal- no sea el marco propicio para el escalonamiento indefinido de instancias, habida cuenta que la superposición de controles y revisiones conspira contra la mínima exigencia de celeridad que todo proceso judicial requiere. Creemos que es necesario impedir que las instancias de apelación, casación o extraordinaria federal germinen en una válvula para el sancionado, convirtiendo a la sentencia condenatoria en letra muerta.

No deviene baladí recordar las palabras de Yacobucci, en su estupenda obra “El sentido de los Principios Penales”, cuando hace alusión a que la reafirmación normativa en la sociedad es la que permite sostener las expectativas sociales sobre la vigencia de la norma. Cuando la sentencia no llega a efectivizarse, se abre un sarcófago en esa mácula que, sin duda, debe ser la preservación del orden jurídico y el cumplimiento de los mandatos judiciales.

Debemos ponernos la justicia al hombro y, aun sabiendo que estamos perdiendo la batalla contra el crimen organizado y los delitos que se perfeccionan bajo el candelero de la luz fatua que emerge de la corrupción, debemos redoblar los esfuerzos para evitar la exhumación de cualquier tipo de anomia y vivir en una república donde los delitos no escapen al castigo, al amparo del estado de derecho.

(*) profesor adjunto de Derecho Penal Parte Especial de la Universidad de Belgrano y juez de Cámara en lo Criminal Federal en la ciudad de Buenos Aires