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AFIP habilitó la devolución del 35% por la compra de dólar ahorro: ¿Cómo se reclama?

Los contribuyentes que compraron dólar ahorro o solidario el año pasado o tuvieron gastos en dólares por compra de bienes y servicios en el extranjero podrán inicia el trámite para el reintegro del 35%. Las claves a tener en cuenta para solicitarla.

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AFIP | CEDOC

A partir de este lunes 3 de enero, y tal como lo tiene previsto la Resolución General 4815 de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), se habilitó la posibilidad de solicitar las devoluciones de las percepciones del 35% comprendidas entre el 1 de enero de 2021 y el 31 de diciembre de 2021. De esta forma, los contribuyentes que compraron dólar ahorro o solidario el año pasado o tuvieron gastos en dólares por compra de bienes y servicios en el extranjero podrán inicia el trámite.

Cabe señalar que la devolución se puede solicitar siempre y cuando la persona trabaje en relación de dependencia y no sea pasible de sufrir retenciones del impuesto a las ganancias por parte del empleador como agente de retención. Asimismo, no debe estar inscripto en el impuesto a las ganancias, no le corresponda realizar dicha inscripción; no se encuentre inscripto en el impuesto sobre los bienes personales, ni deba realizar dicha inscripción.

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Cómo solicitar el reintegro de las percepciones del 35% por dólar ahorro si está alcanzado por Ganancias

  • Completar las percepciones en el formulario 572web, por el que se realizan de manera habitual las deducciones al tributo como cargas de familia, alquileres o intereses de créditos hipotecarios, servicio médico, entre otros.
  • Deberá ingresar al SiRAIG/Trabajador por la página de AFIP con su número de CUIL y clave fiscal.
  • Ir a la declaración jurada 2021, ya disponible la del actual año fiscal y en esa no permitirá realizar las deducciones del período anterior.
  • A continuación, moverse hasta el apartado “Otras retenciones, percepciones, pago a cuenta”.
  • Clickear sobre la opción Pago a Cuenta - Resolución General (AFIP) 4815/2020. Se desplegará un menú de los gastos si fueron por servicios, compra de bienes o de dólares para atesoramiento.
  • Se informarán lo retenido por los bancos en concepto de adelanto de Ganancias por compra o gastos en moneda extranjera entre el 1° de enero y el 31 de diciembre de 2021.
  • El sistema tiene una precarga de los datos. El contribuyente puede aceptar o cargar manualmente, en caso de que falte alguno.
  • Una vez completado el paso, debe generar una DDJJ y enviar el formulario (on line) al empleador.
  • La devolución la realiza el empleador, hasta el límite anual. Las percepciones serán computadas en la liquidación anual o final.
  • El trabajador tiene hasta el 31 de marzo para informar esas percepciones y otras deducciones por 2021.
  • El reintegro del 35% llegará con los salarios de abril.
  • Para el caso de los autónomos o un monotributista alcanzado por Bienes Personales podrán cargar los montos retenidos por compras y gastos en dólares en la declaración jurada anual, que presentarán en junio de 2022.

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Cómo solicitarlo si no es un contribuyente de Ganancias

  • Contar con CUIT y clave fiscal nivel 2 o superior.
  • Informar ante la AFIP la CBU de la cuenta bancaria en la que se realizará la devolución solicitada.
  • Poseer constituido el Domicilio Fiscal Electrónico.
  • Ir al servicio Devolución de Percepciones AFIP.
  • Se encontrarán precargadas las percepciones practicadas en 2021 y que fueron informadas por los agentes de percepción a la AFIP.
  • El contribuyente podrá cargar manualmente las percepciones que le hayan practicado y que no estén precargadas. “En estos casos, es probable que la AFIP requiera con posterioridad los comprobantes de las percepciones, fiscalice al agente de percepción y se demore el trámite de devolución”. explicó Sebastián Domínguez, socio de SDC Asesores Tributarios.
  • Se puede seguir el trámite hasta su culminación, a través del servicio “Devolución de percepciones”.
  • El monto de las solicitudes aprobadas será transferido para su acreditación en la cuenta bancaria informada por el contribuyente al momento de realizar la declaración de la CBU.

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Cómo consultar las percepciones del 35% por dólar ahorro de 2021

Se puede consultar las percepciones del 35% de adelanto de Ganancias por los gastos en dólares durante 2021 en el servicio de AFIP “Mis Retenciones”:

  • Se accede con CUIT/CUIL y clave fiscal.
  • Allí debe buscarse el código del impuesto (217 o 219)
  • Realizar la búsqueda por fechas (día, mes y año).
  • El sistema devolverá un listado con el tipo, número de comprobante y descripción de la operación.
  • También el importe retenido/percibido.

La aprobación o rechazo de la solicitud está sujeta a controles sistémicos o verificaciones posteriores realizados por la AFIP. En el caso que la AFIP rechace el pedido de devolución, se puede presentar un recurso de apelación ante el Director General de la Dirección General Impositiva, previsto en el art. 74 del Decreto Reglamentario de la Ley 11.683. En tanto que si es aprobado, el organismo nacional va a acreditar los fondos en la CBU informado a través del servicio “Declaración de CBU”.

 

RM / LR