El directorio del Banco Central dispuso este miércoles flexibilizar las normas con el fin de favorecer el canje o la financiación de deuda del sector privado con el exterior.
La entidad monetaria precisó en un comunicado que "admitirá que fondos originados en el cobro de exportaciones de bienes y servicios del deudor sean acumulados en cuentas del exterior y/o el país destinadas a garantizar la cancelación de los vencimientos de la deuda concertada a partir de enero de 2021 a los fines de la financiación de pasivos y otros endeudamientos, y bajo las otras condiciones establecidas por la normativa".
La medida fue adoptada a través de Comunicación A 7196 que estableció que “esta opción estará disponible hasta alcanzar el 125% de los servicios por capital e intereses a abonar en el mes corriente y los siguientes seis meses calendario, de acuerdo con el cronograma de vencimientos de los servicios acordados con los acreedores, debiendo los fondos excedentes ser ingresados y liquidados en el mercado de cambios dentro de los plazos previstos en las normas generales en la materia”.
Según economistas, es una medida que van en la dirección correcta, da certeza de que habrá disponibilidad de divisas para el pago de deudas
“En caso de que la fecha hasta la cual los cobros deben permanecer depositados en virtud de lo exigido en el contrato del financiamiento fuese posterior al vencimiento del plazo para la liquidación de divisas, el exportador podrá solicitar que este plazo sea ampliado hasta el quinto día hábil posterior a dicha fecha”, puntualizó.
Lectura. Para los analistas consultados por Perfil, es una medida que “va en la dirección correcta”.
Guido Lorenzo, de LCG, comentó que “da certeza que habrá disponibilidad de divisas para cancelar la deuda al menos, actualmente uno tenía que ceder los dólares y después conseguirlos para pagar podía ser complicado”.
“Actualmente las empresas tenían que liquidar las exportaciones y transformarlas a pesos. Ahora tienen opción de acumular saldo y no pesificarlo al oficial mientras esto sea justificado que sea para pagar deuda o refinanciamiento que se realice a partir de este año”, explicó.
Según su visión, “se está intentando invitar al sector privado con incentivos como este a refinanciar deudas que de otra manera no saben si tendrán acceso al mercado de cambios para pagarla”.
En sintonía, Juan Pablo Di Iorio, de ACM evaluó que la medida “es positiva puesto que le da mayor fluidez y da mayor previsibilidad a las empresas como tambien a los inversores en cuanto a la disponibilidad de divisas para el pago de deudas”.
“Incluso podría traer un mayor tasa de refinanciación para empresas exportables simplemente por las menores probabilidades por un escenario de default”, especuló.
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Por otra parte, el economista advirtió que “podría impactar en que el superávit comercial no se traduzca al mercado de cambios completamente, complicando aún más la situación de las reservas”
Para el economista Fernando Baer, de Quantum Finanzas, es una medida que “va en la dirección correcta, es una buena noticia por todo lo que implica las dificultades para refinanciar deuda del sector privado” en alusión a la norma 7106 del 15 de septiembre de 2020 que fijó que para los vencimientos de capital previstos entre esa fecha y el 31 de marzo de 2021, el monto neto por el cual se puede accede al mercado de cambios no superará el 40% del monto de capital que vence, y el resto debía ser refinanciado o usar los dólares propios, o comprarlos en el mercado libre para poder cancelar.
“Ahora, si yo soy exportador, tengo dólares, no los liquido al tipo de cambio oficial, los dejo en dólares, y eso permite bajar el costo de financiación en alguna medida porque el acreedor sabe que va a tener el pago eventualmente, que no se va a privar de eso por una cuestión de que el deudor no tenga acceso a los dólares porque o no se los da el BCRA, o porque el costo de acceder al tipo de cambio libre es altísimo y prefieren el default”.
En igual línea, Jorge Viñas, de Adcap Securities, opinó que “es un incentivo para que los acreedores acepten canjear deuda que vence en los próximos meses/ años, ya que la deuda que surja del canje será considerada deuda nueva y podra cancelarse con dolares de exportación acumulados en el exterior, sin las restricciones de acceso al MULC que tienen hoy las empresas”.