A partir de mañana los bancos deberán poner a disposición del público la cuenta gratuita universal (CGU), que será otorgada a toda persona contra la sola presentación del DNI, sin generar costos de emisión ni mantenimiento. Las únicas condiciones para su apertura son ser mayor de edad y no contar con otro tipo de cuenta bancaria.
Todos los bancos y entidades financieras con más de 10 cajeros automáticos en su red están obligados a ofrecer al público la CGU a partir de mañana por disposición del Banco Central de la República Argentina. La autoridad monetaria habilitó la dirección de correo electrónico [email protected] para denunciar posibles incumplimientos a la norma.
La CGU sólo puede constituirse en pesos y tendrá asociada una tarjera de débito, cuya emisión también será gratuita y permitirá operar en la red de cajeros que permita la cuenta. Los usos de esta tarjeta son similares a las emitidas sobre cuentas con cargo, incluyendo la compra en comercios con el beneficio de la devolución del 5 por ciento de IVA (siempre que la compra sea inferior a mil pesos). Sólo podrá abrirse una CGU por persona y quienes posean una cuenta para el cobro de la Asignación Universal por Hijo, podrán ser titulares de esta cuenta.
El total de acreditaciones en la cuenta no podrá superar los 10 mil pesos por mes, sumándose, depósitos en efectivo, cheque o transferencias. La CGU no tendrá "giro en descubierto" porque no puede generar saldo deudor. Los bancos no están obligados a enviar resúmenes de cuenta y en su lugar los cajeros automáticos entregarán un ticket gratuito donde figurará el saldo y los últimos 10 movimientos. La CGU podrá cerrarse por decisión del titular o del banco. En el primer caso, el titular de la cuenta debe presentarse en el banco, retirar el saldo y cerrarla.
Si se vinculara algún otro producto a la cuenta (por ejemplo, una tarjeta de crédito) el mismo generará costos para el cliente.
Aquellas personas que tuvieran algún otro tipo de cuenta (caja de ahorros, cuenta corriente, básica, entre otras), deberán cerrarla para luego tomar una CGU; y viceversa. El banco podrá cerrar la cuenta gratuita si la misma no registró movimientos o saldo alguno por más de un año.
Fuente: DYN