El fallo de la Corte que ordenó a YPF publicar el contrato firmado con Chevron para explotar un yacimiento no convencional en Vaca Muerta provocó un verdadero cimbronazo entre los empresarios petroleros. El miércoles por la mañana, al día siguiente de que el máximo tribunal oficializara la sentencia, varios de los directores de Legales de las compañías productoras se reunieron para determinar los alcances del texto de 19 páginas rubricado por los jueces Ricardo Lorenzetti, Carlos Fayt, Juan Carlos Maqueda y, en disidencia, Elena Highton de Nolasco.
El fallo es contundente: la Corte hizo lugar a la demanda promovida por el senador socialista Rubén Giustiniani (Santa Fe) al interpretar que, pese a figurar como una sociedad anónima, YPF debe cumplir con el régimen de acceso a la información pública establecido por el decreto 1.172/2003 dado que está controlada por el Estado, que posee un 51% del paquete accionario de la petrolera y designó a su presidente, Miguel Galuccio. La mayor compañía del país indicó que cumplirá con la sentencia. En las próximas semanas entregará el contrato firmado con Chevron para explotar el área Loma Campana, en Neuquén, con todos sus anexos.
Efecto dominó. Sin embargo, las ramificaciones del fallo amenazan con modificar de raíz la manera de hacer negocios petroleros en el país. “Las disposiciones del presente (Reglamento de acceso a la información pública) son aplicables a las organizaciones privadas a las que se hayan otorgado subsidios o aportes provenientes del sector público nacional y a las empresas privadas a quienes se les hayan otorgado mediante permiso o concesión de explotación de un bien del dominio público”, establece el artículo 2 del anexo VII del decreto 1.172. Confirmada la sinapsis entre esa norma e YPF, la sentencia de la Corte abre la puerta ahora a avanzar sobre los contratos firmados por petroleras íntegramente privadas, como Pan American Energy (PAE), de BP, la china Cnooc y la familia Bulgheroni; Tecpetrol, brazo petrolero de Techint; la francesa Total, Wintershall, Pluspetrol, Petrobras y Sinopec, entre otras.
Desde la óptica generalizada del sector, la divulgación de los contratos petroleros implicaría una pérdida de la habilidad comercial de las empresas, porque allí figuran datos e información confidencial ligada a la estrategia que elige cada compañía para llevar adelante su negocio en la Argentina. “¿Qué compañía va a querer concretar negocios con YPF si sabe que los contratos que se firmen pueden llegar a ser públicos? Eso no sucede en ninguna parte del mundo. Ni en la Noruega de Statoil ni en la Venezuela de Pdvsa. Esos documentos incluyen datos importantes en materia de inversión, tecnología, financiamiento y estrategias comerciales. Nadie va a querer correr el riesgo de que esa información sea pública”, advirtió el presidente de una importante petrolera.
Desde la Corte restaron peso a esa posibilidad. María Bourdin, vocera del tribunal, señaló sobre el caso que “el fallo es un leading case en la materia, pero no sienta jurisprudencia”, sostuvo ante la consulta de este medio.