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El informe sobre la Federal que enfureció a Berni

PERFIL publica los extractos más significativos del documento que el fiscal federal Federico Delgado y su equipo elaboraron sobre las 53 comisarías porteñas.

Críticas. El trabajo policial sale muy mal parado del trabajo del fiscal Delgado, que  molestó al secretario de Seguridad, que lo denunció por abuso de poder.
| Cedoc

Una investigación del fiscal federal Federico Delgado alertó sobre el accionar de la Policía Federal en casos de inseguridad y la incidencia que tiene en esa tarea el sistema judicial. El informe buscaba advertir sobre falencias de ambas partes en la investigación y prevención de delitos en la Capital Federal pero prendió una alarma diferente en el Ministerio de Seguridad. El secretario Sergio Berni denunció al fiscal por supuesto “abuso de poder”.

El documento es un relevamiento sobre las 53 comisarías porteñas en el que se detallan la cantidad de sumarios, el radio geográfico que cubren, la cantidad de personal con el que cuentan, la formación del personal y el número de autos de que disponen los policías para realizar sus tareas. También revela cómo se distribuye de forma supuestamente inequitativa el personal policial en los distintos barrios porteños. Además, la fiscalía investigó a la policía por no avanzar contra las redes de trata de personas ni contra bandas narcos.

Esos datos fueron cruzados con información judicial y las conclusiones fueron elevadas a la Procuradora General de la Nación, Alejandra Gils Carbó. El informe dejó al descubierto falencias de la labor policial y judicial a la hora de combatir e investigar casos de inseguridad. El Ministerio de Seguridad interpretó que el fiscal “movilizó los recursos humanos y técnicos del Estado, recursos que son limitados y que se encuentran abocados al desempeño de sus funcionarios particulares, para un proyecto personal por encima de las funciones que le corresponden a su grado”. Así consta en la denuncia que presentó en la Justicia Federal. A continuación, los textos del informe:

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“Ha llegado el momento de extraer algunas conclusiones provisorias de esta investigación. Decimos provisorias porque se han recopilado muchísimos “datos brutos” cuyo genuino alcance requiere una labor hermenéutica y análisis metodológico que excede nuestras posibilidades en el marco de una investigación preliminar. Pero esa conciencia de nuestros límites no es más que la otra cara de un enorme horizonte de proyección que simultáneamente se abre, todo un abanico de posibilidades de investigación (cuantitativa y cualitativa). Su concreción comienza, creemos, con un querer que acaso se consolide en el tiempo con un cambio de carácter de nuestra estatalidad; un cambio estructural que descentre al Estado como centro de emisión monopólica de significaciones sociales para transformarse, a lo sumo, en un articulador de políticas (que no es igual a leyes); un canal más para la circulación de sentido. Un sentido que así aparece cada vez más “público”, no en sentido de “estatal” sino del demos. Y el espacio social, con sus temporalidades y complejidades propias, locales, nos provee de la materia prima para comprender los fenómenos en los que pretendemos intervenir activamente con el norte de mayor justicia.

La premisa es que el Estado, como Sócrates, es mucho más lo que ignora que lo que sabe y en consecuencia hay mucho por aprender. Asimismo, el Estado, sin la acción concreta de las personas que ocupamos distintos roles y funciones en él, no es más que una abstracción, de manera que la otra premisa es la necesidad de descender de las alturas de la ley, la razón, la justicia, los principios para comprender las condiciones materiales y simbólicas de existencia que condicionan cualquier voluntad política sea en materia de narcotráfico o de trata de personas. Y es que entre la voluntad y su realización siempre hay un hiato, está el largo rodeo de la complejidad de los hechos sociales. (...)

En términos generales quisimos obtener información relativa a la configuración de las fuerzas de seguridad en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a fin de establecer correlaciones ilustrativas entre fenómenos delictuales y la inversión de recursos públicos en materia de seguridad, más puntualmente las relaciones de aquellos fenómenos y el trabajo de los integrantes de las fuerzas de seguridad. Ello, en relación a dos manifestaciones del crimen organizado en materia federal: la trata de personas y el narcotráfico.

Nuestra intuición es acaso obvia, pero no es baladí, si al Estado realmente le importa incidir y erradicar tales problemáticas debe ir más allá de sí mismo, debe salir, debe investigar, y para eso el giro reflexivo es un paso ineludible, preguntarnos: ¿cómo estamos?, ¿en qué estamos fallando?, ¿qué nos falta? El espacio social propio de la estatalidad usualmente prefiere otro tipo de análisis, uno más positivista, aquel que la deja siempre bien parada. Por eso, la insistencia, incluso la repetición tediosa: el horizonte de estas líneas está lejos de la autocomplacencia, es crítico y contracultural, surge de una profunda inquietud. Las enormes distancias entre la voluntad y su realización donde además de la complejidad siempre puede mediar el cinismo, la hipocresía estructural, colectiva, esa de la cual –según Bourdieu– los juristas somos guardianes. Si el derecho como expresión, como proyección de nuestros deseos, en lugar de movilizarnos e implicarnos en la acción, nos duerme, se parece cada vez más al opio, se aleja de la vitalidad que surca la historia; mientras la civilización (o barbarie) se mira al espejo, se destruye a sí misma. Basta cotejar la enorme distancia entre el país real y el país legal. El país real parece sentir que el derecho es un edificio exterior que le enreda la vida en vez de mejorársela. El país real no comprende los tiempos de la ley. El país real no entiende el significado de la ley. El país real siente que la ley estorba, traba, complica, defiende al poderoso e ignora al débil. Como representación del Ministerio Público Fiscal, que debe velar por la legalidad y por los intereses generales de la sociedad, nos propusimos tratar de comprender porque nos cuesta tanto resolver los delitos; sobre todo, las infracciones a las que aludimos precedentemente. Y como nuestra capacidad de trabajo no se limita a intervenir en las causas, como lo señala el artículo 120 de la Constitución Nacional, decidimos intervenir tratando de comprender algunas razones que nos ayuden a visibilizar nuestros problemas. (…)

Como es obvio, por las características de nuestro trabajo, una y otra vez recurrimos al auxilio y colaboración de las fuerzas de seguridad, en algunas oportunidades con resultados provechosos, en otras no tanto, al punto de vernos obligados a intentar diversos caminos con distintas fuerzas con el costo temporal que ello acarrea. En ese sentido, nos parecemos al Geógrafo de El Principito de Saint-Exupéry, sin exploradores no es mucho lo que podemos hacer (...).

Las preguntas. Entonces, las preguntas que nos inspiraron fueron fundamentalmente dos: ¿cómo están conformadas y estructuradas las fuerzas de Seguridad en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires?, ¿cuáles son sus funciones y qué es concretamente lo que hacen? Ahora bien, tales preguntas se desplazan sobre varios ejes o matrices: * Distribución/desigualdad en materia de seguridad; * Estadísticas/ acciones concretas; * Recursos/Equipos de trabajo; *Cantidad de personal; *Servicios Adicionales; * Participación Comunitaria; * Presupuesto (todo ello geo-referenciado).

Por motivos de factibilidad y porque por algún lado se empieza, nos ceñimos a la Policía Federal, puntualmente las comisarías con competencia en las distintas circunscripciones territoriales de la ciudad. Y es así que requerimos a cada uno de los Jefes de todas las Comisarías de la PFA de esta ciudad la elaboración de un informe cuantitativo y cualitativo en el cual debían especificar la siguiente información: 1) circunscripción territorial bajo su jurisdicción (detallar los límites, es decir entre qué arterias o avenidas, así como el número aproximado de manzanas que la integran); 2) cantidad de personal que integra la comisaría, así como las brigadas afectadas a la misma y asignación de turnos (o cuartos) y adicionales (especificar formas de registro del cumplimiento efectivo de los mismos, libros y responsables); 3) funciones específicas de cada uno de los equipos de trabajo así como grado, especialidad y antigüedad promedio de cada uno de quienes los integran; 4) criterios que utilizan para diagramar el despliegue territorial de la fuerza, tanto de móviles (patrulleros, motos y bicicletas) como de agentes a pie y despliegue efectivo (deberán confeccionar un mapa que indique en forma geo-referenciada cómo está distribuido o parado el personal policial así como los recorridos de los móviles durante los últimos tres meses –indicar variaciones y motivos–) y si existe a ese respecto algún tipo de actuación conjunta/comunicación con las jurisdicciones policiales aledañas; 5) cantidad de móviles con que cuenta la unidad y kilometraje de cada uno de ellos durante los últimos tres meses; 6) estadísticas de sumarios iniciados por prevención (se deberá especificar la materia y el lugar de los hechos) y de sumarios iniciados a instancia de órdenes judiciales/fiscales (también se deberá especificar la materia y el lugar de los hechos) durante el año 2013; 7) presupuesto asignado para gastos operativos y de funcionamiento (discriminar destino específico de los recursos); 8) formas de participación barrial y comunitaria si la hubiera.

Las “respuestas”. El resultado está materializado en los 53 informes elaborados por cada una de la Comisarías de la Ciudad de Buenos Aires. La información que surge de los mismos es muy rica para el análisis. Nosotros, por razones obvias, nos vimos obligados a recortar sin perjuicio de que tales informes constituyen una fuente de información valiosa a disposición de todas las entidades científicas interesadas en la investigación de la criminalidad y las políticas públicas. Por supuesto, la calidad de esos informes varía, pero como es sabido en ciencias sociales, hasta las omisiones y los silencios hablan, como lo explica con inigualable nitidez Oscar Ozlac.

Así elaboramos el cuadro que se encuentra en el apéndice (N. de R.: suprimido de esta edición pero cuyos resultados se reproducen en parte aquí) de este dictamen y en el cual asentamos los siguientes datos: *dimensión territorial bajo la órbita de cada una de las comisarías; *cantidad de personal asignado; *cantidad de móviles (en servicio y fuera de servicio); *cantidad de sumarios (se discriminan aquellos realizados a instancia jurisdiccional o del MPF y aquellos realizados por prevención, pero este segundo número incluye inicio por denuncia en comisaría, por flagrancia y prevención, estrictamente hablando).

La elección no fue caprichosa, nos interesaba reparar en el aspecto distributivo de los recursos humanos y materiales y contrastarlo con el trabajo concreto registrado, aunque ese registro siempre sea imperfecto. Al respecto hay que hacer una observación preliminar, un sumario policial en el marco de nuestra cultura jurídica no refleja necesariamente una investigación policial; de la misma manera que un expediente penal no refleja necesariamente una investigación judicial real. Desgraciadamente, en ambos casos, ambos productos muchas veces sólo reflejan un hábito notarial de documentar actos meramente burocráticos (diálogos intrainstitucionales, copias de notas, etc.). (...)

En materia de política criminal y de seguridad, si tuviéramos que reparar en uno de los focos donde se colocó mayor énfasis desde el año 2008, aparece con nitidez la prevención y persecución del delito de trata de personas. En particular, con la sanción de la ley 26.364, las modificaciones posteriores y la intensificación de la aparición como problema en la agenda pública durante los últimos años. En el 2011, por ejemplo, el Ministerio de Seguridad publicó la segunda edición de los Cuadernillos de Seguridad Democrática, cuyo tema y título específico fue “Política de Seguridad contra el Delito de Trata de Personas”. Ahora bien, a la hora de los números, la proactividad de las fuerzas de seguridad aparece casi inexistente.

En efecto, de un total aproximado de 145.164 sumarios labrados por las 53 Comisarías de la PFA durante el año 2013, sólo 61 fueron por posible infracción a la ley de trata de personas (si lo dividimos por 53, el resultado es: 1,33 sumarios por comisaría al año) y 177 por posible infracción a la ley de profilaxis (si dividimos por 53 el resultado es de 3,33 sumarios por comisaría al año). Para hacer más gráficos los números, pueden verse muchísimos ejemplos en el cuadro donde la relación aproximativa marca las siguientes proporciones: 5.000 sumarios a 3; 4.000 a 2; 2.000 a 1; 1.000 a 0; recordemos que ¡la unidad de tiempo es un año! Por otra parte, se labraron 18.950 sumarios por diligencias judiciales, que en general reflejan órdenes de los jueces y fiscales a la policía que abarcan desde una citación a una tarea de investigación precisa.

Asimismo, indicamos los sumarios caratulados como de infracción a la ley de profilaxis porque resultan sintomáticos de una de las cuestiones que más quisiéramos resaltar, es posible que lo que distinga unos casos de los otros no sea más que un “modo de ver”, una perspectiva individual que carece de otro respaldo que el ocasional ánimo del operador judicial. Si se levantó de una manera, ve trata de personas. Si lo hizo de otra, simple favorecimiento de la prostitución, y esto se ve reflejado en la administración de justicia con las discusiones en torno a la competencia federal u ordinaria y se proyecta sobre los “tiempos” de la justicia que parecen casi siempre eternos. Pero volveremos más adelante sobre el punto. Alcanza con mencionar nuestra experiencia en el fuero federal, lo difícil que es que un juez trascienda la ideología del consentimiento en materia de trata de personas: “Si no hay privación explícita de la libertad no hay trata” y “si la chica dijo que no está obligada no hay nada que discutir”. ¿Las condiciones materiales de existencia? No. Eso no importa. No es “jurídico”, es “social”. Este es el rasgo positivista del que hablábamos.(...)

Por otra parte, según los registros estadísticos de las comisarías, se iniciaron 2.485 sumarios por infracción a la Ley 23.737 (número que dividido por 53 da como resultado 46, 88 por comisaría aproximadamente por año). Otro ícono de la agenda de seguridad pública de nuestros días y de los últimos tiempos. Estos números podemos, y debemos, cualificarlos. Por un lado, a través de algunos de los datos que se desprenden de los propios informes que, si bien sólo en algunas comisarías discriminaron los casos de tenencia para el consumo de los casos de posible comercialización, proyectan de todos modos una fuerte tendencia preponderante de los primeros sobre los segundos; por otro, por los trabajos estadísticos realizados por esta fiscalía durante todos los turnos con las fuerzas de seguridad de los últimos años.

En ese sentido, en esos trabajos, dependiendo del período considerado, hemos podido observar que entre el 60 y el 70% de los casos en los que intervienen las fuerzas de seguridad son de tenencia para el consumo, en los cuales actúan ante el “consumo en la vía pública” o por “actitud sospechosa”. Esos casos como consecuencia de la amplia recepción jurisdiccional de lo dispuesto por la Corte Suprema en el fallo “Arriola” –que no es igual a su recepción policial– terminan luego del dispendio de muchísimos recursos (que podrían utilizarse con otro destino más útil) en sobreseimientos seriados (y estadística policial). En los informes, los casos de tenencia para el consumo surgen bajo las voces “apología”, “consumo”, “tenencia”.

Asimismo, del remanente de casos, es decir, aquéllos por posible comercialización, entre el 50 y el 80% se inician por denuncias anónimas y un gran porcentaje termina en un archivo porque la información no es constatada por las fuerzas de seguridad, y para cuando la justicia lo ordena, para decirlo maradonianamente, ya se escapó la tortuga (según el último de los informes elaborados por la fiscalía). Por último, el cúmulo de ese trabajo registrado mayoritariamente involucra la tenencia de marihuana, siguiéndole pero en muchísima menor medida la cocaína (que, por otra parte, nunca se discrimina su calidad, si se trata de clorhidrato, paco o pasta base; drogas sintéticas y/o precursores químicos brillan por su ausencia).

De aquel conjunto del trabajo policial registrado ¿cuántos casos son un producto genuinamente proactivo del accionar policial? Aunque no tenemos el dato de todas las comisarías porque no todas lo detallaron, sí tenemos una muestra estadísticamente significativa o relevante como para afinar un poco más la proyección de los números. Y éste es un dato más que revelador: la proporción de sumarios iniciados por prevención estrictamente hablando en relación con aquellos iniciados por denuncia en la comisaría o telefónica es dramáticamente pequeña. Si a eso le restamos además los casos de flagrancia; es decir, “con las manos en la masa”, que son la mayoría, concluimos rápidamente que pese a las “funciones de prevención y seguridad” que una y otra vez aparecen en los informes como destino específico de una buena cantidad de efectivos, la Policía Federal no previene, es decir, no actúa de manera proactiva sino por mera reacción. Pero profundicemos sobre el punto. Si observamos la estadística general, el índice baja o sube según –expresémoslo así– se trate de delitos que van a buscar a la policía o de delitos que no suelen hacerlo –excepto quizás para buscar “cobertura”–, es decir que sin investigación proactiva por estar vinculados a la criminalidad organizada, no se llega a tener noticia de ellos.

Veamos algunos ejemplos alusivos. En la Comisaría 6ª, de 3.457 sumarios conformados, 7 fueron por ley de profilaxis; 5 por trata; 52 por drogas –de los cuales sólo 5 no fueron por tenencia o consumo–. Para contrastar mencionamos también que se labraron 852 sumarios por robo; 748 por amenazas; 652 por hurto; 217 por lesiones culposas. Nótese que los números más altos responden a delitos que se denuncian o accidentes en la vía pública. Veamos lo que ocurre con la Comisaría 10ª, la cual si bien no envió listado de sumarios sí informa un total de 5.828, de los cuales 338 responden a órdenes judiciales y 5.381 a denuncias. Es decir que sólo en 109 oportunidades actuó por prevención estrictamente hablando, y de ese número habría que recortar aun los casos de flagrancia. O la Comisaría 11ª, donde de un total de 4.459 sumarios, sólo 362 se iniciaron por prevención o flagrancia. Y de aquel total, es decir, no de este último grupo más específico: 19 por drogas (sólo 3 por tráfico o comercio); 13 por profilaxis y 1 por trata.

Pero esos datos debemos cualificarlos aun más, porque por nuestro trabajo en la administración y promoción de la justicia sabemos que cada vez que alguien realiza una denuncia no es que la policía inicia actividades de prevención y constatación inmediatas, sino que le da intervención al Poder Judicial. Este, a su vez, precisamente porque esas causas no se inician por prevención, corre vista al Ministerio Público Fiscal para que inste la acción penal. ¿Qué significa esto en términos prácticos? Significa que transcurre tiempo entre que se denuncian los hechos y se define la “voluntad” del Estado de hacer algo al respecto. Y esto no sucede únicamente con las denuncias propiamente dichas, sino incluso con las denuncias anónimas, que, conforme lo hemos dicho en los distintos trabajos estadísticos realizados durante los turnos con las fuerzas de seguridad, constituye con probabilidad el mayor influjo de noticias criminales. El recurso formal notarial del sumario policial en términos prácticos significa la administración de la información y del tiempo, ambas cosas sellan las posibilidades de impartir justicia. Esa acción notarial es otro rasgo positivista. Se inscribe en esa lógica fatal de escribir antes que ir a la calle y chequear “qué”, “cómo” y “cuándo”.

Esa lógica fatal hace que entre la denuncia y la efectiva presencia del Estado para “procesar” ese conflicto pasen días, semanas o a veces meses. Y es entonces que aquí, por razones de justicia, nos vemos obligados a plantear una serie de interrogantes cuya respuesta desafía a una labor de investigación cualitativa más cerca de la etnografía que de la estadística. Aun con esos límites, estamos en condiciones de afirmar que no todo es responsabilidad de las fuerzas policiales y que, en consecuencia, se impone desde el sistema judicial (juzgados y fiscalías) una mirada hacia adentro.

¿A qué se debe la escasísima proactividad policial? ¿Qué dice acerca del modo en que las propias fuerzas de seguridad perciben el trabajo del Poder Judicial y del Ministerio Público Fiscal, e incluso acerca de cómo se autoperciben esas fuerzas a partir de la mirada que sobre ellas proyectamos? ¿Tendremos los operadores del sistema penal alguna responsabilidad al respecto? La circularidad es abrumadora; la necesidad de un vuelco reflexivo, ineludible.

Nuestra intuición es que deberíamos hacer un esfuerzo por comprender el punto de vista policial, la “mirada nativa”, como dirían los antropólogos, porque quizás, y siempre debemos decir quizás, la percepción que tienen los agentes de las fuerzas de seguridad se parece más o menos a un tipo ideal que, jugando a Max Weber, podríamos ensayar así: “Lo que hacemos y podría hacer la diferencia no lo podemos narrar porque nos anulan todo” o, simplemente, “para qué hacer sin orden judicial si después empieza la máquina de impedir”. Traducido: “Para qué trabajar si en tribunales se preocupan más por anular la forma en que hicimos el trabajo que en analizar el trabajo en sí mismo”. El resultado difiere si se es más o menos amigo de las reglas pero el resultado es casi el mismo, clandestinidad o ineficiencia: lo que hago sin orden no lo cuento o no hago nada sin orden. Esto es muy importante, el fanatismo por las nulidades o, lo que es lo mismo, el erotismo que generan las formas procesales, ha llegado a un punto tan alto que, incluso, se declaran sin leer la centenaria jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación que dice, simple y sabiamente, que sólo hay nulidades en tanto hayan perjudicado algún derecho. Coqueteando con Giddens, podríamos afirmar sin temor a equivocarnos que hay consecuencias no queridas y condiciones no reconocidas del trabajo tribunalicio que se traducen en una fuente de des-incentivos para las fuerzas policiales difíciles de cuantificar. (...)

Los recursos. Pero justamente para moderar nuestro siempre presente hábito del juicio, veamos ahora con qué recursos cuentan las 53 comisarías para hacer el trabajo que recién desagregábamos. Las 53 comisarías tienen aproximadamente 11.691 efectivos y tienen 13.614 manzanas aproximadamente bajo su jurisdicción, de población y conflictividad variables; en general, ligada al nivel socioeconómico de los habitantes. La división da como resultado 0,85 policías por manzana. Pero ese número requiere especificaciones, por un lado, porque al total de efectivos por comisaría hay que restarle las faltas permanentes, así como una buena cantidad de personal de oficina que realiza trabajos administrativos y no cumple labores de “seguridad y prevención”. Merece un análisis más detenido y profundo el régimen de asistencia del personal policial y el diseño de la “economía” de las comisarías para afrontar el trabajo administrativo.

Por otra parte, las labores se dividen en turnos llamados “jornada laboral”. Sin embargo esos números “gruesos” se ven severamente afectados por algunas políticas públicas específicas que a veces restan funcionarios o los paralizan porque deben compartir tareas que no están claramente delimitadas. El “Operativo Cinturón Sur” dispuesto por el decreto 864/11 es una muestra de ello. En efecto, desplazó a varias de las comisarías del servicio externo para entregárselo a Prefectura Naval Argentina y Gendarmería Nacional Argentina (Ver: Comisarías 12ª, 24ª, 30ª, 32ª, 36ª y, 52ª). El impacto de ese desplazamiento, las interacciones entre las agencias y la división del trabajo de prevención, también justifica un estudio en particular, porque los datos allegados revelan que la superposición de policías sin fronteras claras, no siempre se traduce en mayor eficacia. Las distintas paradas conforme al Plan de Seguridad Urbano diagramado por el Ministerio de Seguridad, así como los corredores escolares, las paradas bancarias y de restaurantes significan que hay agentes afectados a tareas puntuales que vuelven más finos aquellos números gruesos.

La composición del plantel policial también constituye una pista de trabajo a desarrollar. Repárese en que el número de suboficiales es notoriamente más grande que el de oficiales. Es sabido ello incide en el grado de formación y profesionalización porque el respaldo teórico de unos y otros es diferente. Es preciso tener en cuenta que el grado de profesionalización también es un recurso, Max Weber señalaba que allí estriba la diferencia entre la eficacia y el diletantismo. Por último, la cantidad de personal destinado a las brigadas (que son las que en teoría prestan auxilio a la justicia en las tareas de investigación) es notablemente reducida, y lo mismo en relación al personal técnico. La Comisaría 1ª, por ejemplo, con jurisdicción en un lugar estratégico de la ciudad, está formada por 4 Oficiales jefe; 22 Oficiales Subalternos; 183 Suboficiales y Agentes; 11 Auxiliares y técnicos; 4 efectivos destinados a la Brigada.

Por otra parte la distribución de manzanas y cantidad de efectivos asignados dista de ser regular. La Comisaría 1ª tiene a su cargo 49 manzanas y 230 efectivos. Esto es: 4 por manzana, con las salvedades ya realizadas. La 42ª 966 manzanas y 325 efectivos. La cuenta, en principio da 0,33 policías por manzana. Sin embargo, hay que agregar que en este caso hay 38 faltas permanentes y 44 efectivos abocados a tareas administrativas o internas. Es decir que en rigor la operación es 224 dividido 966: 0,23. Con 0,23 policías por manzana se vuelve más complejo hablar de “zona liberada” porque el número habla por sí mismo. Por supuesto que esos números requieren cualificación en relación a variables como población y conflictividad. Nuestras afirmaciones son generales y sin mayor rigor metodológico. Pero aun así, desde una mirada superficial no deja de resultar llamativo. La Comisaría 1ª tiene jurisdicción en una zona céntrica de la capital (entre Av. Córdoba- Rivadavia-Esmeralda y Alem). La 42ª, además de ser inmensa tienen bajo su jurisdicción al “Barrio Los Perales –próximo a Ciudad Oculta–; “Los Peralitos” (muy conflictivo); al Club Atlético Nueva Chicago; nueve plazas y cuenta con 0,23 policías por manzana…

Ahora bien, además de a pie, ¿con qué recurso cuentan las comisarías para recorrer sus respectivos radios jurisdiccionales? Las comisarías cuentan con 1.123 vehículos, de los cuales alrededor de 698 están en servicio (por baja permanente o por encontrarse temporalmente “radiados”). Durante el año 2013 las comisarías tenían asignada una caja chica para gastos de 12.000 pesos mensuales, la cual en el año 2014 se actualizó a 20.000. El mayor porcentaje de esos recursos es destinado a reparar la flota automotor. Por otra parte la relación entre demografía, geografía y parque automotor, en marco de una megalópolis como la ciudad de Buenos Aires es otra veta a explorar. (…)

Nuestra fiscalía cuenta con un equipo de 11 personas y esas 11 personas trabajan detrás de un escritorio, es decir no tienen un genuino conocimiento territorial. La fuente por excelencia de información han sido organizaciones de la sociedad civil como “La Alameda” o la propia percepción de los integrantes del equipo en tanto ciudadanos (si es que vale la distinción), mas no las fuerzas de seguridad. Claro que una vez que se obtiene la información de partida nos vemos obligados a recurrir a dichas fuerzas para investigar. Estos datos no tienen que ver con ese deseo de vanagloria, del que hablaba Thomas Hobbes, sino que se conecta con una afirmación anterior: las agencias de seguridad del Estado no buscan el delito, sólo lo procesan cuando el delito las choca.

Final abierto. Nadie debe leer estas líneas como una defensa corporativa del sistema judicial y un ataque a la policía. Si se lee así no lo explicamos bien o no se comprendió. Estas líneas se inscriben en un deseo que desea acontecer, construir una legalidad que atraviese capilarmente a los ciudadanos, que se vuelva legítima y que precisamente por ello se transforme en el modo natural de resolver los conflictos, sustituyendo a esa anomia boba –Carlos Nino– que envuelve a una sociedad que no toma en serio a la ley.

Una ley que se ve lejos, que no se comprende y que rara vez desemboca en justicia y que está en manos de instituciones complejas que mucho tienen por hacer en busca de la eficacia y legitimidad en sentido weberiano y que, palabras más palabras menos, deberían generar confianza en los habitantes.

La reacción del poder policial: “Quieren molestar”. La Fiscalía Federal número 6, que encabeza el fiscal Federico Delgado, elevó en septiembre esta investigación preliminar que dejó al descubierto prácticas y falencias del sistema que debe combatir y prevenir la inseguridad. La reacción en el poder policial se hizo sentir a través del secretario de Seguridad, Sergio Berni.

La postura del ministerio es que el informe “no tenía por objeto la averiguación de delitos” sino “una suerte de trabajo de investigación universitario, con el agravante de haber utilizado los recursos materiales y jurídicos propios del sistema de seguridad”. Ahora, el fiscal federal Ramiro González deberá determinar si realmente realizar ese informe fue o no un delito.

En el escrito que molestó al ministerio se dejaba en evidencia que en la Ciudad de Buenos Aires hay un policía cada 247 habitantes, casi la mitad de los patrulleros están fuera de servicio y la cantidad de agentes asignados en cada seccional es arbitraria.