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SIN INTERNACIONES Y SIN ALTERNATIVAS: LA LEY DE SALUD MENTAL Y LOS NUEVOS PROFESIONALES DESESPERADOS

SIN INTERNACIONES Y SIN ALTERNATIVAS: LA LEY DE SALUD MENTAL Y LOS NUEVOS PROFESIONALES DESESPERADOS
SIN INTERNACIONES Y SIN ALTERNATIVAS: LA LEY DE SALUD MENTAL Y LOS NUEVOS PROFESIONALES DESESPERADOS | CREDITO PERFIL

La Ley de Salud Mental (26.657) planteó postulados básicos:

1) La salud mental es parte de la salud general.

2) La salud está determinada por varios factores. No se nace "enfermo". 

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3) El modelo médico debe dar un viraje hacia una mirada que vea la multicausalidad en los diagnósticos. 

4) La salud es biopsicosocial. 

El concepto de "desmanicomialización" confundió mucho.

Desmanicomializar no significa cerrar hospitales y erradicar internaciones. Se confunde "desmanicomializar" con "desinstitucionalizar". 

Hablemos -mejor- de que el "manicomio" como institución social, desaparezca (desinstitucionalización). Que los abordajes no se limiten al encierro. Que existan alternativas, considerando al trastorno mental como algo modificable, congruente con el nuevo Código Civil.  Pero... se entiende lo que conviene y conviene que no se entienda. 

La alternativa más eficaz es el Acompañamiento Terapéutico: no restringe la libertad, el abordaje es singularizado (saliendo de pensar en rótulos), y permite que los espacios de internación queden disponibles para quienes no tienen otra opción. Hacinamiento, abandono... la internación deja cicatrices en vez de marcas de recuperación. 

Así como Basaglia en Italia, abrió las puertas sin pensar en qué pasaría, aquí surgió una Ley pero sin reglamentación. ¿Cómo puede empezar el desmantelamiento del "manicomio" sin políticas con diseños alternativos y eficaces?

El manicomio sigue vigente, y así como los neuropsiquiátricos ofrecen poco tratamiento y se confunden con "viviendas" para personas con las que no se sabe qué hacer (similar a los asilos del S.XIX), los dispositivos alternativos son personas que vigilan y tampoco saben/pueden hacer. Y no es su culpa. Son consecuencia de la letra muerta de la ley. Quienes se desviven por ser lo alternativo a la internación, son personas sin entrenamiento ni protección legal alguna, que trabajan en situación de riesgo. El único personal nomenclado que puede estar en domicilios es el cuidador, llamado "acompañante terapéutico" en muchos casos porque queda más inclusivo/bonito. Pero no los distinguen. Cuidar y acompañar una rehabilitación/reinserción son dos cosas distintas.

Que no exista la diferenciación oficial entre Acompañante Terapéutico y Cuidador Domiciliario... que siga sin validarse nacionalmente al acompañamiento más que mediante currículas educativas, no sirve. Necesitamos a "salud". Educación no puede autorizar el "poner mano" en la el cuerpo/mente de una persona. 

Antes teníamos al "hospital" que era un refugio sin más atención que el tratamiento farmacológico.

Ahora, tenemos al "acompañante" que, en realidad, cumple órdenes compatibles con "cuidados domiciliarios", limitado a controlar el tratamiento farmacológico.

La ley dice "los psicofármacos no pueden usarse para suplir acompañamiento". Pero no define/reconoce qué es. Ellos son víctimas de la "obediencia debida". Y esto es llevar el manicomio al domicilio.

Necesitamos una reglamentación coherente y políticas que promuevan alternativas prolijas a la internación, sin olvidar la seguridad para los nuevos agentes de salud.

 

Dra. Pía M. Roldán Viesti

Abogada T°92 F°959 CPACF

Psicóloga MN. 57.457 

Presidente y Fundadora de EUTI 

https://www.instagram.com/piamartina.ok/

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