OPINIóN
Análisis

River Plate vs Independiente de Santa Fe: la decisión de la Conmebol, el COVID y la equidad

El autor analiza los episodios relacionados al partido de River Plate contra Independiente de Santa Fe y la decisión de la Conmebol dentro de óptica del derecho.

River Santa Fe
Jorge Carrascal jugará ante Independiente Santa Fe en el Monumental. // Fotobaires | Fotobaires

¿Es posible analizar cómo incide la aplicación normas con ojos de futboleros? Si, pensamos que sí.

Y no somos los únicos. Carlos Nino nos enseñaba que “el derecho, como el aire está en todas partes”. Lo que nos lleva a concluir, que podemos ver los recientes episodios relacionados al partido de River Plate contra Independiente de Santa Fe como también la decisión de la Conmebol dentro de óptica del derecho.

Allanada esta primera cuestión, metámonos en el plato fuerte.

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Todos sabemos cómo terminó la historia, y quedará a los aficionados e historiadores registrar los sucesos. Solo diremos que, concluyó con River ganando el partido con 11 jugadores de campo incluyendo un arquero muy particular, un habitual jugador de campo, Enzo Pérez.

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Pero lo que nos interesa, es mirar más allá del resultado, y analizar la decisión de la Conmebol a los ojos del derecho. Ver si ella es ajustada a derecho o responde a criterios arbitrarios o caprichos.

Sabemos que luego de un brote de COVID-19 durante las últimas semanas que infectó a 20 jugadores del equipo de River Plate, dejó  a este equipo diezmado por la enfermedad, incluso se contagiaron los 4 arqueros de la lista presentada a Conmebol para afrontar las competiciones regionales. Esta situación excepcional género que no tuviera un arquero sano para enfrentar el partido por la copa Libertadores de América contra Independiente de Santa Fe (Colombia), por lo que la dirigencia del equipo rioplatense elevo un pedido a la Conmebol para incorporar dos arqueros más a la lista de jugadores, pero lamentablemente obtuvo una negativa de la máxima dirigencia del futbol latinoamericano.

La pregunta que cae de maduro es: ¿La decisión de la Conmebol es justa? o mejor dicho ¿Se ajusta a derecho?

Empecemos por la segunda pregunta para luego analizar la primera. Aunque ambas respuestas como vera el lector se interrelacionan.

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Sí, claramente la decisión de la Conmebol se ajusta a derecho. Innegablemente, no podemos negar que River Plate se sometió voluntariamente a la normas como el resto de los equipos para competir en el certamen.

A priori debemos decir que se aplicó la norma que correspondía y la solución es ajustada a derecho.

Ahora la solución del organismo fue absoluta, sin miramientos a las circunstancias y cercana a un pensamiento que el derecho viene dejándose de lado.

Para la visión de la escuela positivista ideológica, la norma jurídica se debe aplicarse sin atender a si las soluciones sean justas o no. La justicia para este pensamiento será la aplicación lisa y llana del derecho positivo y vigente. Así, la justicia, que resulta de “dar a cada uno lo suyo (su derecho)”, tomara en la dimensión normativa, el cumplir con el deber ser de la norma.

En el lenguaje futbolero, la Conmebol aplicó las normas en juego y listo, marche preso River. Así, en este razonamiento, se evita que lo acusen de discriminar y favorecer a este equipo. 

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Pero no está de más destacar, que estamos ante una situación muy excepcional incluso dentro del marco de la pandemia del COVID-19, que no hacía prever la gran cantidad de contagiados, y con el agravante de que 4 de ellos, eran los todos arqueros inscriptos en lista de la competición. Sin embargo, esta situación no fue tomada en cuenta por el organismo.

En fin, esta situación muy particular, encontró una solución positivista con fuerte tiente ideológico o de formalismo jurídico, donde apliquemos la norma sin miramientos. 

Sin embargo, no es la única solución que resulta justa. La evolución del derecho tiene otras alternativas al positivismo ideológico. 

Esto nos recuerda una vieja canción de Alfredo Zitarrosa que nos  habla de “las telas de arañas de la ley”.

Pero volviendo a nuestra idea, ya nos enseñaba hace varios siglos Aristóteles, que para estos casos, podemos recurrir a la equidad. Así, decía: “Lo equitativo y lo justo son una misma cosa; y siendo buenos ambos, la única diferencia que hay entre ellos es que lo equitativo es mejor aún. La dificultad está en que lo equitativo siendo lo justo, no es lo justo legal, lo justo según la ley; sino que es una dichosa rectificación de la justicia rigurosamente legal. La causa de esta diferencia es, que la ley necesariamente es siempre general, y que hay ciertos objetos sobre los cuales no se puede estatuir convenientemente por medio de disposiciones generales”.

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Así, podríamos entender, que la equidad era el instrumento adecuado que podría utilizarse para casos como estos, haciendo más justa –si se permite la afirmación– las resoluciones de estos conflictos. Todo esto, sin favorecer a ninguna parte, si no teniendo en cuenta las circunstancias anormales que vivimos.

No quiero de dejar de recordemos al maestro Alberto Spota que expresaba: “Mas, en casos de proporción menor, lo jurídico normativo puede condicionar a la realidad, esto es al derecho. No es lo común, lo habitual, lo común es justamente lo contrario.… que sea la vida la que condiciona el plexo jurídico”.

Estas reflexiones, más allá de lo potencialmente abstracto que pueda parecer este análisis, esperamos nos sirvan a todos para pensar solucionas más equitativas teniendo en miras los problemas del futuro.

 

* Luis Esteban Vivacqua. Profesor de Derecho Constitucional.