Los fiscales Paula Asaro y Fernando Fiszer pidieron que el portero Jorge Mangeri, procesado por el crimen de la adolescente Ángeles Rawson, sea juzgado por el delito de "abuso sexual seguido de muerte", que prevé una pena de reclusión o prisión perpetua.
La fiscalía requirió la elevación de la causa a juicio. Según informó la Procuración General de la Nación, los representantes del Ministerio Público "no descartaron que los hechos puedan enmarcarse en el delito de homicidio criminis causae (Art. 80 inc. 7 del C.P.N.) o bien en el de femicidio (Art. 80 inc. 11º del C.P.N.)".
Los investigadores sostuvieron su pedido de agravar la acusación al afirmar que incluso "la forma en que fue arrojada a la basura Ángeles Rawson después de concretado el hecho delictivo" demuestra que la joven "fue tratada como un objeto".
Por ahora, Mangeri está procesado por el delito de "abuso sexual con acceso carnal en grado de tentativa agravado y femicidio", ya que se consideró que la víctima murió intentado defenderse de una violación que no se concretó.
El juez Javier Ríos, a cargo de la causa, dio por cerrada la investigación en diciembre pasado e invitó a las partes a opinar sobre la elevación a juicio del expediente.
En las últimas horas, la querella a cargo de Pablo Lanusse, en representación del padre de la víctima, coincidió en que corresponde llevar el caso a debate oral con la calificación actual, al remarcar que la forma de actuar del portero "evidencia un desprecio" a la condición de mujer de la adolescente.
De todas maneras, la fiscalía consideró que la calificación de "abuso sexual seguido de muerte resulta más ajustada a las pruebas reunidas en el expediente" y aclaró que la cuestión "es algo que puede modificarse durante el desarrollo del juicio oral".
Los investigadores entendieron que la calificación de abuso sexual seguido de muerte "exige, por un lado, la acreditación de un ataque a la libertad sexual, a la posibilidad de disponer libremente sobre el cuerpo y decidir sobre la sexualidad (según ley 25.087) y, por el otro, la muerte de la persona agredida, que debe ser consecuencia del delito mismo, o por la violencia desplegada para ejecutarlo".
Más allá del encuadramiento legal, en su escrito la fiscalía dio por acreditado que Mangeri estaba en el edificio durante el horario de regreso de Rawson de su clase de gimnasia el 10 de junio de 2013 y que la adolescente de 16 años llegó al hall del inmueble, pero nunca alcanzó a entrar a su departamento.
Las hipótesis. Entre sus consideraciones, el Ministerio Público remarcó que Mangeri conocía a la menor de edad desde hacía 10 años, algo que derivó en "la consecuente confianza generada por el acusado a lo largo de ese período".
Por ello Mangeri consiguió que la joven lo acompañara a otro sector del edificio, con fines de "sometimiento sexual". Esa agresión fue repelida por la joven, "sufriendo consecuentemente lesiones de índole defensiva", sostuvo el dictamen.
Frente al abordaje violento de Mangeri, "opuso una tenaz resistencia a ser accedida carnalmente, protegiendo sus zonas pudendas, padeciendo como consecuencia de ello, y producto de los golpes que le asestara el encartado y la fuerza ejercida por aquél, varias equimosis en el dorso de las manos, la fractura de la clavícula derecha, tres costillas del lado".
Tras resaltar la "superioridad física" de Mangeri, la fiscalía destacó que la adolescente terminó con "más de media docente de huesos" rotos y fue estrangulada hasta la sofocación, pero hizo hincapié en que las lesiones de la zona paragenital del cadáver denotan "la existencia de una agresión de índole sexual y su correspondiente defensa por parte de la damnificada".