POLICIA

Confirman perpetua para dos asesinos delatados por un burro

La Corte Suprema avaló el fallo de la Justicia cordobesa. Los insólitos detalles del caso.

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La Corte Suprema de Justicia declaró como “inadmisible” el recurso de queja interpuesto por los abogados de dos hermanos que fueron condenados a prisión perpetua por el asesinado de un anciano en 2005. El caso obtuvo resonancia en la Justicia cordobesa por la insólita prueba que resultó fundamental para el desarrollo del juicio.

Todo comenzó en noviembre de 2005, en la localidad cordobesa de San José de las Salinas, en la Estancia San José, donde, según determinó la Justicia, Norma del Valle "Pequi" Avellaneda y su hermano José Luis mataron de un golpe a Ramón Cáceres, de 82 años y buen estado de salud.

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Según se explica en la causa, Norma Avellaneda estaba casada en secreto con Cáceres, quien le llevaba más de 40 años, pero la relación había sido descubierta por los hijos del octogenario, quienes le exigieron que se divorciara.

Cáceres estaba dispuesto a terminar con la relación, entre otras razones porque Avellaneda vivía en concubinato con otro hombre y sólo lo visitaba ocasionalmente. Ante la posibilidad de perder la fuente de sustento económico, los hermanos Avellaneda -ella de 41 años, él de 33- habrían planeado el crimen: mediante engaños consiguieron que Cáceres visitara a la mujer y en el avance de una relación sexual, recibió el golpe mortal, detalla la agencia DyN.

La prueba fundamental para esclarecer el hecho la aportó un testigo que, en la madrugada de los hechos, alertado por el rebuzno inusual de su burro. El hombre, sorprendido por el comportamiento del animal, se asomó a la ventana de su casa y vio pasar a Avellaneda en bicicleta.

El cadáver de Cáceres había sido arrojado a un pozo de 17 metros de profundidad, y ante su ausencia las autoridades iniciaron una investigación en la que el relato del vecino alertado por el burro resultó medular.

En primera instancia, la Cámara Criminal de Deán Funes y ocho jurados populares condenaron a los hermanos por "homicidio simple" a 16 años de prisión. Pero el Tribunal Superior cordobés, con las firmas de los jueces María Esther Cafure de Battistelli, Aída Tarditti y María de las Mercedes Blanc de Arabel, modificó la calificación por "homicidio agravado por el vínculo" y dictó la pena de prisión perpetua.

En un fallo discutido, la Corte Suprema de Justicia de la Nación declaró “inadmisible” el pedido de la defensa, a pesar de que los jueces Raúl Zaffaroni y Juan Carlos Maqueda se habían inclinado por pedirle opinión a la Procuración General de la Nación.