POLICIA
Imputabilidad o inimputabilidad?

La Corte revocó la liberación de menores de 16 años

El máximo tribunal dio marcha atrás a un fallo de Casación. Qué le pidió a los gobiernos nacional y porteño en materia de minoridad.

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| CEDOC

La Corte Suprema de Justicia revocó hoy un fallo de la Cámara Nacional de Casación que ordenaba la libertad progresiva de un grupo de menores de 16 años, y exhortó a los poderes del Estado a adecuar la legislación en materia de minoridad.

Fuentes judiciales informaron que el máximo tribunal, por unanimidad, dio marcha atrás un fallo de la Sala III de Casación que había dispuesto la libertad en un plazo de 90 días de los menores alojados en el Instituto San Martín, de la ciudad de Buenos Aires.

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Casación había declarado en diciembre del año pasado la inconstitucionalidad del artículo primero de la Ley 22.278 de régimen de minoridad, que establece que "no es punible el menor que no haya cumplido 16 años de edad". La causa llegó a la Corte, que el 18 de marzo hizo lugar a recurso del fiscal Raúl Plee y dispuso la suspensión de la medida.

"No es asunto de desaprobar solamente leyes", dijo el máximo tribunal, sino también establecer "otras políticas, planes, programas generales y específicos en materia de educación, salud, deporte, adicciones, estrategias, instituciones, instalaciones, etc.".

Asimismo, la Corte le requirió al Gobierno Nacional y al de la Ciudad de Buenos Aires que "en un plazo razonable, adopten las medidas que son de su resorte" y al Congreso que "adecue la legislación en la materia a los estándares mínimos que surgen de los instrumentos internacionales incorporados a la Constitución Nacional".

El máximo tribunal dispuso también que cada juez debe velar por los derechos de los menores a su cargo, lo que "implica escucharlos con todas las garantías" y tener un conocimiento "personal, directo y actualizado" de sus condiciones de internación para tomar las medidas que mejoren su calidad de vida.

Fuente: DyN