POLICIA
mateo tenía seis meses

La historia de una joven acusada de ‘mala madre’ por el crimen de su bebé

Aldana Muñoz fue absuelta esta semana, ya que el Tribunal entendió que “no había cometido ningún delito” y que “la criminalizaron por irse a bañar”. Su ex pareja fue condenado por el homicidio del nene.

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Acompañada. Aldana Muñoz llegó a juico acusada de “abandono de persona” y fue asistida por un defensor oficial y por la Asociación de Abogadas Feministas de Rosario. | feminacida

Aldana Muñoz (25) sostiene la imagen de su bebé en una fotocopia. Mateo tenía seis meses cuando murió producto de un fuerte golpe en la cabeza. A ella la acusaron de “abandono de persona” y, a quien era su pareja, de ser el autor del homicidio. Pasaron tres años del hecho y este martes, la joven fue absuelta y el hombre, condenado a 20 años de prisión. Los abogados defensores destacaron que a ella la sentaron en el banquillo de los acusados porque la fiscalía no tuvo una perspectiva de género para abordar el caso y la acusó por considerarla “mala madre”.

El 23 de abril de 2017, la joven estaba en la casa de Franco López (24), quien era su pareja, en la localidad santafesina de Granadero Baigorria. La joven se fue a bañar y le dejó al pequeño Mateo a su cuidado. A los pocos minutos se escuchó un llanto, Aldana salió de la ducha y López le dijo que el bebé se había caído.

El nene no reaccionaba y lo llevaron de inmediato al Hospital Vilela. El médico forense que realizó la autopsia determinó que había recibido un fuerte golpe en la cabeza (traumatismo encefalocraneal grave) que le provocó la muerte y que “no era compatible con una caída accidental”.  

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Los jueces de primera Instancia Román Lanzón, Ismael Manfrín y Mariano Aliau condenaron el martes a López a la pena de 20 años de prisión por el delito de “homicidio calificado por alevosía en carácter de autor” y absolvieron a Aldana “por no tener acreditado el dolo de peligro en abandono de persona”. 

“Fue un fallo histórico”, resaltó en diálogo con PERFIL la abogada que asistió a Aldana, Victoria San Juan miembro de la Asociación de Abogadas Feministas (Abofem). “Fuimos esperanzados, la defensa había sido muy buena, con perspectiva de género y el fallo nos sorprendió, nos sorprendió para bien”, contó. La letrada destacó que los jueces entendieron que se intentó “encajar una conducta en un delito cuando no había delito” y que le “hicieron vivir una pesadilla” a Aldana.

“El Tribunal destacó que no la dejaron hacer el duelo y habló de atipicidad, es decir, cuando no hay delito en lo que Aldana hizo”, explicó San Juan y destacó que “el fallo sentó un precedente al marcar que no se puede usar el derecho penal para criminalizar a una mujer en situación de violencia y víctima del asesinato de su bebé”. 

Aldana escuchó la resolución del Tribunal y lloró. Como lo hizo en las ocho jornadas que formaron parte del debate, pero esta vez de emoción. “Aldana estaba viendo con quién iba a dejar a sus otros dos hijos si la condenaban y ahora va a poder descansar”, contó San Juan. Y, tal vez, terminar de hacer el duelo en paz. 

En su resolución, el Tribunal hizo hincapié en el “drama personal” que le significó ser sometida a un proceso penal cuando acababa de perder al niño. “Una pesadilla que es probable que termine con el dictado de esta sentencia”, dijeron según informó La Capital de Rosario. 

Aldana fue detenida cuando acababa de perder a su bebé. Pasó 24 horas en una celda y luego recuperó la libertad, tras una serie de apelaciones por parte del defensor público Darío Pangrazi. 

La fiscal Georgina Pairola había pedido diez años de prisión para Aldana por “haber incurrido en la omisión de los deberes a su cargo de asistencia y de cuidado que tenía frente a su hijo de seis meses de edad por su carácter de progenitora del mismo”. Y la fiscal destacó que se lo dejó a López “sabiendo que con anterioridad le había proferido maltratos”. La querella, que representaba al padre biológico del bebé, hizo un planteo similar. 

Desde Abofem se resaltó, en las campañas para pedir su absolución, que Aldana estaba siendo acusada por no cumplir con “su esperado rol de madre”. “Aldana fue acusada porque para la fiscalía y los jueces que intervinieron, el dejar a su hijo al cuidado de su pareja diez minutos para bañarse fue suficiente para catalogarla como una mala madre”. 

En este sentido, la abogada San Juan explicó que “el Tribunal sostuvo que se criminalizó a una madre por irse a bañar y se preguntaron si un rato antes Mateo estuvo en riesgo cuando su mamá fue a comprar un alfajor”, contó la abogada. Y por otro lado comparó: “El padre biológico de Mateo estaba más preocupado por que condenen a Aldana por abandono de persona, que por la condena para el que cometió el homicidio. Este padre sabía de la violencia que sufría Aldana pero a él no se lo acuso por abandono de persona de su hijo”. 

Tres años después del crimen de Mateo, su mamá quedó desvinculada de la causa a la que, entendieron los jueces, nunca tendría que haber estado involucrada.

 

El caso de la ‘otra Aldana’

Un  caso similar al de Aldana Muñoz en Rosario, se dio el año pasado en la provincia de Buenos Aires. Yanina Fariaz pasó casi dos años presa acusada de no haber evitado el crimen de su pequeña hija en manos de un hombre que había comenzado a vivir con la familia. Pero en el juicio la absolvieron, porque entendieron que la mujer no había cometido ningún delito. 

El crimen de Xiomara (2) ocurrió el 6 de agosto de 2017 en una casilla del barrio Cuartel V en la localidad bonaerense de Moreno. Yanina estaba cambiando a la nena cuando ésta comenzó a llorar y José Alfredo Leguizamón (45), que era un amigo de la abuela de la nena que se había instalado en la casa, le reclamó que la callara. 

El hombre agarró a Xiomara y la golpeó hasta dejarla en estado grave. Yanina llevó a su nena al hospital de urgencia, donde más tarde, falleció. La mujer fue acusada por el fiscal Guillermo Altube por el delito de “homicidio por omisión agravado por el vínculo y abandono de persona”. Pero, luego en el juicio, en medio de su alegato el fiscal desistió de acusarla porque consideró que no había pruebas suficientes para condenarla por algún delito. 

El juicio oral comenzó el 29 de marzo de 2019 y luego de siete audiencias la dejaron en libertad. Yanina no estuvo sola durante todo el proceso, ya que organizaciones sociales la acompañaron y reclamaron que fuese liberada al considerar que ella era víctima de Leguizamón y no su cómplice.

Entonces, el Tribunal Oral Criminal Nº 4 de Mercedes decidió absolverla por faltas de pruebas.