POLICIA

Las pruebas que los jueces desestimaron en la polémica absolución en el caso Marita Verón

Alberto Piedrabuena, Emilio Herrera Molina y Eduardo Romero Lascano consideraron insuficientes las pruebas llevadas a juicio.

Los jueces que absolvieron a los acusados de la desaparición de Marita Verón
| telam

María de los Ángeles Verón fue secuestrada el 3 de abril de 2002, y los jueces  de la Sala II de la Cámara Penal, Alberto Piedrabuena, Emilio Herrera Molina y Eduardo Romero Lascano, no pudieron probar el delito en el juicio oral.

Las declaraciones de las mujeres que dijeron haberla visto en los prostìbulos de la Rioja no convencieron a los tres magisrados y a lo largo de 9 meses permitieron el maltrato de los abogados defensores de los acusados sobre las víctimas de trata.

Marita salió de la casa de Susana Trimarco, su madre, en el barrio El Bosque, rumbo a la Maternidad. Nunca regresó. Una semana más tarde, un llamado anónimo a una vecina alertaba que había sido secuestrada en San Martín y Paso de los Andes.

Un solo testigo dijo que la habìa visto, cuando salía del jardín de infantes "Semillitas", donde había preguntado cuándo podía inscribir a su hija Micaela Catalán. Pero ese testigo falleciò.
Para los jueces, "no surgió otro modo de saber cómo María de los Ángeles Verón desapareció y apareció en otros lugares".

Las pruebas que los jueces no admitieron

1)  No les creyeron a Simón Nieva y a sus hijos, que habían dicho que Víctor Ángel Rivero les confesó que secuestró a Marita por orden de su hermana, María Jesús Rivero, en la esquina de Santiago del Estero y Thames. Para los magistrados esos testimonios no alcanzaron para considerarlos  autores materiales e intelectuales del secuestro.

2) Tampoco consideraron el testimonio de Fátima quien estuvo secuestrada en la casa de Daniela Milhein y Alejandro González, y sostuvo que allí vio a Marita en mayo de 2002.

3) Para los camaristas la acusación no probó la existencia del hecho inicial y  señalaron una supuesta ineficiencia de la investigación preliminar, donde no pudieron reunirse pruebas para acreditar lo que sucedió.

4) El tribunal consideró que durante todo el debate oral no se produjo ninguna prueba  que vincule a Pascual Andrada directa o indirectamente con el caso. Ninguna de las chicas que declararon haber estado en La Rioja lo mencionó. Tampoco fue reconocido.

5) A pesar de que siete de las mujeres que estuvieron en los prostíbulos riojanos (Candy", "Candilejas" y "Desafío") afirmaron que vieron en esos locales a Marita o a una chica parecida, los jueces creyeron que no fue una prueba suficiente

Las tenues pruebas de una red de trata
de personas

Los camaristas Alberto Piedrabuena, Emilio Herrera Molina y Eduardo Romero Lascano. creen que de las declaraciones de las testigos se desprende que en la casa de Daniela Milhein y Alejandro González funcionaba una base de operaciones que captaba mujeres para luego trasladarlas a Río Gallegos o a La Rioja. Por eso, remitirán la sentencia a la fiscalía de Instrucción que corresponda, para que se investigue a Milhein y a González por una "eventual conducta criminosa".

Los jueces aceptaron como ciertas las declaraciones de las chicas que dijeron haber sido explotadas sexualmente en La Rioja. Para ellos, habría pruebas de que en "Candy", "Candilejas" y "Desafío" se ejercía la prostitución.

Pero la mayoría de las víctimas de ese negocio ilegal no fueron judicializados, con excepción del de Andrea R. El tribunal resolvió que el Juzgado de Instrucción en lo Criminal y Correccional Nº 3 de la Ciudad de La Rioja agregue estos casos al expediente de Andrea R, y se investigue a Medina, sus hijos, Luna, Gaitán, Márquez y Deroberits.