La Sala Sexta de la Cámara del Crimen confirmó el procesamiento por abuso sexual simple de un enfermero en perjuicio de una paciente imposibilitada de moverse y hablar, quien lo denunció por medio de un lenguaje basado en el parpadeo de sus ojos, informaron hoy fuentes judiciales.
Los jueces Luis Bunge Campos y Gustavo Bruzzone consideraron probado que el imputado, cuyo nombre se mantiene en reserva, cometió el delito el 25 de septiembre de 2005, cuando higienizaba y cambiaba los pañales de la mujer, que murió durante la instrucción de la causa.
La hermana de la presunta víctima declaró en la causa que para comunicarse con la paciente, quien sufría esclerosis lateral amiotrófica, " le eran propuestas distintas letras del alfabeto y al llegar a la correcta, ella asentía mediante un parpadeo".
Ese sistema le sirvió para informar sin eufemismos a una persona encargada de cuidarla, sobre la supuesta conducta del enfermero, quien no la habría penetrado pero sí le habría tocado los pechos.
Al día siguiente de la denuncia, fue revisada por una profesional del Centro de Atención a Víctimas de Violencia Sexual de la Policía Federal Argentina, quien señaló que la mujer estaba "l úcida, orientada en tiempo y espacio, con atención estable" y sin alteraciones en la memoria.
En el informe de un perito del Cuerpo Médico Forense, consta que a través del parpadeo la paciente le relató que cuando fue atacada por el enfermero " gritó pero, obviamente, nadie acudió (sus gritos son inaudibles y, en todo caso, no se diferencian del único sonido que es capaz de emitir)".
No obstante, en otros informes forenses se informó que "no se observaron (en la mujer) signos macroscópicos de abuso sexual", ni tampoco evidencias de desviaciones de esa naturaleza en el acusado.
Otro enfermero de la clínica en la que habría sucedido el hecho, conjeturó que tal vez la supuesta víctima malinterpretó la situación, "ya que cuando se higieniza las partes íntimas de una paciente del sexo femenino a veces puede existir una confusión".
Los jueces entendieron que las pruebas colectadas en la causa demostraban "tanto la materialidad del hecho investigado como la responsabilidad del aquí imputado", por lo que confirmaron su procesamiento y embargaron sus bienes en 100 mil pesos.
El camarista Marcelo Lucini, el mismo que llevó adelante el grueso de la "causa Cromañón" cuando se desempeñaba en primera instancia, no coincidió con sus colegas y propuso el sobreseimiento del imputado.
Resaltó en su voto las contradicciones e insuficiencias que a su criterio exhibían las evidencias reunidas en el expediente, sumadas a la muerte de la denunciante y de una de las principales testigos.
Fuente: Télam