El juez federal de Salta, Julio Leonardo Bavio, rechazó este jueves 21 de enero una medida cautelar que pretendía suspender la Ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE), que fue promulgada la semana pasada.
Se trataba de una presentación contra el Protocolo ILE del Ministerio de Salud, establecido en 2019, y que más tarde fue ampliada tras la sanción de la ley del aborto legal, consignó la agencia NA.
Para el juez fue "improcedente" el planteo y por ello desestimó la medida cautelar, aunque el planteo de fondo sobre la inconstitucionalidad de la ley sigue abierto a la espera de definiciones.
"No ha lugar por improcedente, en virtud de lo dispuesto por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en el precedente 'Thomas' del 15/06/2010", afirmó el magistrado, y explicó que excede a su competencia suspender una norma sancionada por el Poder Legislativo.
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"No es válida la posibilidad de suspender o incluso derogar una norma legal. Y ello, se torna más llamativo en el caso si se considera que el actor no representa a la cámara legislativa que integra ni al pueblo de la Nación (lo que compete a la primera), por lo cual se arribaría, como se dijo, al irrazonable resultado de extender una medida judicial a sujetos que no solo no la han solicitado, sino que, incluso, podrían no compartirla", citó Bavio al máximo tribunal.
En ese sentido, citando a los jueces supremos, el magistrado salteño reseñó que "la misión más delicada de la Justicia es la de saber mantenerse dentro de la órbita de su jurisdicción, sin menoscabar las funciones que incumben a los demás poderes".
"La suspensión cautelar de la vigencia de una norma dispuesta por un tribunal presupone que éste se atribuya la competencia para sentenciar en definitiva con idéntico poder", recalcó la CSJN en su fallo de 2010.
Los accionantes fueron integrantes de un grupo de dirigentes autodenominados "provida", entre los que se destaca la ex senadora nacional María Cristina Fiore Viñuales. Entre sus argumentos, señalaron que el "ser humano existe desde el momento de la concepción" y que el niño no nacido "tiene derecho intrínseco a la vida del que no puede ser privado".
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"Es claro que la Ley 27.610 no está al servicio de la mujer, ni al servicio de los niños argentinos; antes bien, parece estar motivada en concretar una política antinatalista propia de la agenda global y ajena a toda decisión soberana del pueblo argentino", expresaron en el escrito.
Además, afirmaron que "la ley está permitiendo la privación de la vida de un ser humano que el Estado asumió el compromiso constitucional e internacional de proteger". De esta manera y luego de habilitar la feria judicial para resolver, el juez Bavio rechazó la medida cautelar de suspender en forma general la Ley de IVE.
La interrupción voluntaria del embarazo fue aprobada por el Congreso en la madrugada del 30 de diciembre último, en tanto que el presidente Alberto Fernández la promulgó con un acto en el Museo del Bicentenario el pasado jueves.
EuDr CP