Finalmente, quedó archivada la causa contra Fito Páez por decir que le "da asco la mitad de Buenos Aires", luego de que el jefe de Gobierno porteño Mauricio Macri obtenga un triunfo de más del 50% en la primera vuelta de las elecciones porteñas.
Así lo decidió el fiscal penal de la Ciudad de Buenos Aires Martín Lapadú, quien sostuvo que si bien los dichos de Páez pueden ser "injuriantes", consideró que "no generan la certeza suficiente de que nos encontramos frente a un hecho discriminatorio que pueda dar impulso a una acusación sustentada en derecho", informaron a DyN fuentes judiciales.
"Más bien, podrían interpretarse como meras opiniones vertidas en el ejercicio del derecho constitucional a la libre expresión de las ideas, las cuales, acertadas o desacertadas, no revisten el carácter de una acción típica antijurídica y culpable que amerite una sanción de índole contravencional", agregó el fiscal.
Páez fue denunciado por la ONG Defendamos Buenos Aires, a cargo del abogado Javier Miglino, al considerar que los dichos del músico fueron discriminatorios, y reclamó que se retracte públicamente y pida disculpas.
"Da asco la mitad de Buenos Aires. Hace tiempo que lo vengo sintiendo. Es difícil de diagnosticarse algo tan pesado. Pero por el momento no cabe otra. Dícese así: 'Repulsión por la mitad de una ciudad que supo ser maravillosa con gente maravillosa'",escribió Páez en una nota de opinión en el diario Pagina/12 el martes 12 de julio, dos días después del triunfo de Macri con el 47 por ciento de los votos en la primera vuelta de las elecciones porteñas.
La Justicia había citado a las partes a fines de septiembre a una audiencia de mediación, pero Páez no se presentó y el fiscal Lapadú quedó en condiciones de resolver si abría una causa contravencional contra el músico.
Lapadú consideró que "si bien las frases proferidas por el imputado podrían ser injuriantes, no se advierte que el nombrado incurra en el tipo contravencional descripto, puesto que no se verifica que Páez haya menoscabado algún derecho de Miglino en el libre ejercicio de aquellos".
"La falta de certeza descripta da lugar a una duda insalvable que debe ser considerada a favor del imputado conforme los preceptos legales que rigen en la materia, clausurando definitivamente la instrucción del presente sumario", concluyó.