POLITICA
La sesin de Diputados

Avanzan las regulaciones a la medicina prepaga

La Cámara Baja aprobó que sea el Estado el que fije las cuotas a pagar por los afiliados. "La falta de regulación derivó en excesos y estafas", dijo Silvestre Begnis.

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| Tlam

La Cámara de Diputados dio esta noche media sanción al proyecto de regulación del sistema de salud de medicina prepaga, que entre otros aspectos deja en manos del Estado los valores de las cuotas de los asociados. La iniciativa fue aprobada en general por 188 votos positivos y sólo una abstención, y luego, tras la sanción del articulado, fue girada al Senado.

El presidente de la comisión de Salud, Juan Sylvestre Begnis, presentó la iniciativa en el recinto al efectuar una reseña de los sectores que actúan en el sistema de salud (público, seguridad social y privado) y de la implementación del sistema de empresas de medicina prepaga hasta la actualidad.

En ese sentido, apuntó que "el único sector que carecía de una reglamentación fue el sector privado", que da cobertura a cuatro millones de usuarios, situación que definió como "muy importante para la salud de nuestro país". Pero añadió que el sector "liberado de regulación tuvo una serie de excesos y a su vez estafas a través del vaciamiento de sistema de prepago que dejaron a poblaciones enteras sin ningún tipo de protección ni alternativa" y recordó que desde 1983 a la fecha "han fracasado 49 proyectos" de ley para regular el sistema.

Afirmó además que la norma "contempla la regulación fundamentalmente protegiendo la salud de beneficiario pero para que también tenga un alto nivel de calidad" y que también apunta "a la prevención (de la salud) y a la protección de los prestadores", sin descuidar "a las empresas de medicina prepaga" ante el avance de los juicios. El radical santacruceño Juan Acuña Kunz expresó el respaldo de su bloque al proyecto, recordó que ninguno de los proyecto anteriores tuvo la aceptación del actual y reconoció al oficialismo "la apertura de este texto del cual se pudo modificar más del 50 por ciento de lo que fue el proyecto en estos dos días". Solo realizó un pedido a modo de crítica al gobierno al señalar que "no sea Superintendencia de Salud" la que actúe como autoridad de aplicación porque, a su entender, sería "darle superpoderes al superintendente".

La socialista santafesina Mónica Fein respaldó la iniciativa al remarcar que la normativa implica "un proceso de definición de políticas públicas", pero recordó que en la década del '90 las "prepagas compitieron" por la seguridad social y que ese proceso dejó "gran cantidad de obras sociales que hoy gestionan su funcionamiento por las prepagas".

El proyecto, que tuvo numerosas modificaciones de su versión original, contó con amplio consenso de todas las bancadas y en ese sentido hubo incluso reconocimiento tanto del oficialismo como de la oposición de dos diputadas que "trabajaron mucho en el tema", como la kirchnerista y actual intendente de partido bonaerense de Luján, Gabriela Rosso, y la arista y actual gobernadora de Tierra del Fuego, Fabiana Ríos. Entre las incorporaciones al texto, se sumó una propuesta del arista fueguino Leonardo Gorbacz en el sentido de tomar como beneficiarios ya como integrante del grupo familiar a "la persona que conviva con el afiliado titular en unión de hecho, sea o no del mismo sexo y sus hijos", es decir que reconoce a las parejas de homosexuales y de lesbianas. La norma de 32 artículos deja en manos del Estado la fiscalización y control de los valores de las cuotas, así como el control del pago de las prestaciones realizadas por los hospitales públicos a los asociados de las prepagas, y el establecimientos de los mecanismos para receptar reclamos de usuarios y prestadores del sistema.

También, establece la transferencia, previa mediación y conciliación, "en caso de quiebra, cierre o cesación de actividades" de una empresa de medicina prepaga "de sus usuarios" a otras empresas inscriptas en Registro. Dispone, además, que "los usuarios pueden rescindir en cualquier momento el contrato celebrado, sin limitación y sin penalidad alguna, debiendo notificar fehacientemente esta decisión a la otra parte con treinta días de anticipación", mientras las empresas sólo podrán "rescindir el contrato con el usuario cuando incurra, como mínimo, en la falta de pago de tres (3) cuotas consecutivas".

En el caso de "los usuarios mayores a sesenta y cinco (65) años que tengan la antigüedad mayor a diez años (en la empresa) no se les puede aplicar aumento en razón de su edad", dispone, entre otros aspectos, el proyecto aprobado esta noche.

Fuente: DYN