POLITICA
Despus de 16 aos

Carapintadas: el Estado indemnizará a víctima

El fallo de la Cámara Civil benefició a la familia de un joven de apellido Torres, que perdió la vida cuando un tanque, conducido por uno de los militares sublevados y a las órdenes de Seineldín, destrozó un colectivo de la Línea 60.

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Mohamed Aln Seineldn, el lder de la rebelin carapintada de 1990. Debern indemnizar a la familia de una de las vctimas. | Cedoc

El Estado argentino deberá indemnizar a los familiares de un muerto durante la rebelión carapintada del 3 de diciembre de 1990, encabezada por Mohamed Alí Seineldín, según un fallo de la Cámara Civil.

La Sala B de la Cámara, con las firmas de los jueces Gerónimo Sansó, Mauricio Mizrahi y Claudio Ramos Feijoo, dictó la condena 16 años después de los hechos, en relación con uno de los episodios trágicos de aquella jornada.

El episodio ocurrió cuando un tanque manejado por uno de los sublevados embistió al colectivo interno 314 de la línea 60, matando a cinco personas y causando heridas a otras 20.

El fallo fue adoptado ante el reclamo de los familiares de un joven de apellido Torres que murió en aquel episodio.

Los jueces condenaron a la empresa que administra la línea de colectivo porque consideraron que fue "el conductor del transporte quien se involucró en la zona de riesgo, y ello pese a los requerimientos de los pasajeros que le insistieron para que se detuviera".

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Pero al analizar la eventual responsabilidad del Estado, los camaristas consideraron que "quedó a la vista que el 'cuartelazo' configuraba en términos de justicia represiva, delitos de sedición, rebelión, motín", y que "los sediciosos al intentar una quiebra institucional, atentarían contra el orden y la estructura del Estado".

Sin embargo, cuando el fallo parecía dirigirse a exculpar al Estado, los jueces recordaron que "desde la reinstalación de la democracia se sucedieron expresiones de rebelión militar, en forma repetida", y que la del 3 de diciembre de 1990, con epicentro en Villa Martelli, "era la cuarta".

"¿Qué podría hacer el Estado ante el inmotivado y aparentemente sorpresivo hecho de armas? Con la experiencia de tres anteriores, mínimamente ejercer la autoridad, disponiendo del denominado servicio de 'inteligencia', que no podría haber pasado por alto, la casi constante efervescencia de los uniformados, por descontentos diversos, y que por trascendidos se presentarían anunciados desde tiempo atrás", sostiene textualmente el fallo.

Ante la intentona golpista, " concernía al Estado invocar y probar que el alzamiento era imposible de predecir, y al mismo tiempo convencer de que había adoptado todas las acciones de inteligencia preventiva, para que no lo sorprendieran. Y para que no dañaran ni perjudicaran a ciudadanos inocentes".

"Al margen de las razones que pudieran explicar las tácticas que el gobierno decidiera aplicar para reprimir el levantamiento, aparece claro que habiendo sido informado con anticipación, estaba dentro de las posibilidades, la de adelantarse para hacer abortar el movimiento", coincidieron los camaristas.

Fuente: DYN